El Gobierno dispuso el cierre de las playas de todo el litoral del Perú el 31 de diciembre y el 1° de enero del 2022, con el objetivo de prevenir las aglomeraciones y reducir el riesgo de contagio del covid-19, durante el feriado largo por Año Nuevo, anunció el ministro de Salud, Hernando Cevallos.

En conferencia de prensa tras la sesión del Consejo de Ministros, Cevallos dijo que esta medida incluye a las riberas de los ríos, lagos, lagunas y piscinas públicas.

Prohibiciones

De esta manera se prohíbe el uso de las zonas de descanso de arena o piedras inmediatamente colindantes con el mar, del mar, de la ribera de ríos, lagos o lagunas y de las piscinas públicas.

Sin embargo, se exceptúa la realización de deportes acuáticos sin contacto, tales como surf, vela, remo, entre otros, que se desarrollan exclusivamente en el mar y con distanciamiento físico o corporal.

“Se establece que los días 31 de diciembre y 1 de enero no se usarán las zonas de playas ni piscinas. El resto de días se podrán usar controlando el aforo y cumpliendo las medidas de prevención. El acatamiento de esta disposición corresponde a las fuerzas del orden y gobiernos locales”, indicó.

Al respecto, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional apoyarán a los municipios locales en la vigilancia de las playas para que se cumpla la disposición del Gobierno.

“Primero está defender la salud de la población y evitar contagios masivos; eso es lo que ha acordado este Consejo de Ministros”, recalcó. (Andina).

 

Verano 2022: Autorizaron apertura de piscinas públicas y privadas con fines recreativos

El Ministerio de Salud a través de la Resolución N° 1356-2021/Minsa autorizó la apertura de piscinas públicas y privadas con fines recreativos en el marco del COVID-19 y el verano 2022. Además, se aprobó la Directiva Sanitaria N° 142 Minsa/Digesa 2021, donde se dispuso una serie de medidas para los establecimientos del rubro y sus visitantes.

Según la DS N° 142 Minsa/Digesa 2021, las piscinas de uso recreativo al aire libre deberán cumplir con un aforo (máximo) de 1 usuario por cada 4m2. De lado, para las piscinas con techo el aforo será de 1 usuario por cada 5 m2.

Además, las piscinas deberán señalar su aforo en un cartel y establecer horarios por turnos, respetando el mismo. También se deberá realizar un control de aforo y distanciamiento físico dentro de la piscina.

Por el lado de los bañistas, se dispuso que estos solo podrán retirarse la mascarilla (doble o KN95) mientras estén en contacto con el agua; sin embargo, deberán mantener un distanciamiento físico de mínimo 1.5 metros con el resto de los usuarios.

” Una vez que se deje el contacto con el agua el uso de las mascarillas volverá a ser obligatorio”, precisa el Minsa. Otro punto es que los establecimientos estarán prohibidos de vender alimentos y bebidas alcohólicas.

No se permitirá el ingreso de alimentos y bebidas (excepto agua). Asimismo, estará prohibido el alquiler de cualquier tipo de prenda de baño, implemento de natación o cualquier otro accesorio (anillos, chalecos de flotación etc.). Correo.

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