La FECOF de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de funcionarios del distrito Fiscal de Huaura, representado por el Fiscal JESUS ANGEL SANCHEZ SANTOS, consiguió la condena de JAVIER SOLIS MEJIA como autor del delito Contra la Administración Pública en la modalidad de ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO; tipo penal regulado en el Artículo 401º primer párrafo del Código Penal, quien en su condición de ex regidor de la Municipalidad Provincial de Barranca, periodo de enero de 2015 a diciembre de 2016, incrementó ilícitamente su patrimonio hasta por la suma de s/. 187 283.11 soles, haciéndose de bienes como terrenos, una camioneta y cuentas bancarias.

El Fiscal Provincial Especializado JESUS ANGEL SANCHEZ SANTOS, en su exposición sostuvo que el acusado Javier Solís Mejía abusando de su cargo, condición de ex regidor de la Municipalidad Provincial de Barranca incrementó su patrimonio respecto a sus ingresos siendo solo dos años como regidor de la Municipalidad de Barranca. Además acreditó la existencia de un desbalance patrimonial, toda vez, que durante el cargo que ha ejercido como regidor durante el periodo de enero de 2015 a diciembre de 2016, conforme a su declaración jurada de bienes y rentas, obtuvo un ingreso por su cargo del monto de s/. 52 480.00 soles por concepto de dietas, sin embargo, en dicho periodo tuvo un incremento de su patrimonio por un vehículo de camioneta Tucson, por la suma de s/. 81 048.00 soles, también en su segunda declaración jurada en el periodo del 2016 se verifica un patrimonio mayor a 3 millones en posesiones de inmuebles, y adquiere una camioneta Hyundai valorizado en s/. 96 544.42 soles, es decir, se acreditó el incremento injustificado en el periodo materia de imputación.

Como resultado del proceso se logró, la condena del ex regidor de la Municipalidad de Barranca, Javier Solís Mejía, con una pena de SEIS AÑOS y 8 MESES de pena privativa de libertad con el carácter de efectiva, una pena de INHABILITACIÓN consistente en el impedimento para obtener mandato cargo o comisión de carácter público por el plazo de 6 AÑOS Y 8 MESES, CUATROCIENTOS OCHENTA y SEIS DÍAS MULTA equivalente a S/20,217.6 y el pago de la reparación civil porla suma de DOSCIENTOS MIL SOLES (S/200.000).

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