El Congreso de la República promulgó la ley que asegura la implementación y ejecución de la devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) a los trabajadores que contribuyeron al mismo, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia de la COVID-19.

La Ley 31454, publicada ayer en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala que esta norma tiene como objeto asegurar la implementación y ejecución inmediata de la Ley 31173, la cual garantiza el cumplimiento de la Ley de Devolución de Dinero del Fonavi.

El presidente de la Federación Nacional de Fonavistas del PerúLuis Luzuriaga, señaló que los montos a cobrar varían debido al tiempo de aportaciones y al sueldo percibido.

Detalló que quienes tengan un período mayor a los 10 o 20 años de aportaciones recibirán entre 11 mil y 20 mil soles, mientras los que tengan un tiempo menor a los diez años, podrían recibir entre 800 y1,200 soles.

Los deudos de los exfonavistas fallecidos durante la pandemia o antes de ella podrán percibir la devolución de los aportes. Para ello deberán inscribirse a través del link.

La norma publicada ayer en El Peruano se refiere al valor constante de las aportaciones aplicando el índice de precios al consumidor correspondiente al periodo comprendido entre el inicio de cada aportación individual hasta la fecha de su devolución.

De igual manera, precisa el artículo 5 de la Ley 31173, en el sentido de que la comisión ad hoc está conformada por:

– Tres representantes del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

– Un representante de la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

– Tres representantes de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenafp).

La Comisión la preside uno de los representantes de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú. La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) provee de infraestructura y recursos necesarios para el funcionamiento de la Comisión.

La Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc, creada por la Ley 29625, será transferida como tal a la PCM y deberá asegurar la continuidad de las funciones, operaciones, procesos y procedimientos para el cumplimiento de la devolución de aportes. (Expreso).

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