El pasado 29 de setiembre Carlos Francisco Hinostroza Rodríguez presentó una solicitud de vacancia contra el alcalde de Lima, Jorge Muñoz Well, por una situación de conflicto de interés dentro de la Municipalidad de Lima, ya que,  presuntamente habría infringido el artículo 22º numeral 10 de la Ley Orgánica de Municipalidades, al haber cobrado un sueldo como integrante del directorio del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal), mientras desempeñaba su cargo como alcalde de Lima.

El alcalde de Lima formó parte de cuatro sesiones del directorio de Sedapal entre marzo y mayo del 2019, periodo en el que ya era alcalde de Lima. Alrededor de S/ 3.000 soles por sesiones semanales cobran los directores de esta entidad.

A pesar de que Muñoz renunció al directorio de la empresa estatal y devolvió el dinero cobrado, la falta ya estaría hecha.  El alcalde participó en directorios donde se tomaron decisiones sobre el aniego que se produjo en el distrito de San Juan de Lurigancho, donde colapsaron las redes de Sedapal. Jorge Muñoz pudo haber incurrido en conflicto de intereses, porque de un lado, como alcalde, tenía que defender a los vecinos perjudicados por la empresa estatal del agua y, por otro lado, tenía que defender los intereses de la propia empresa, porque era parte de su directorio.

Sin embargo, el concejo municipal ya empezó a reunirse en sesiones de concejo para evaluar si vacan o no al burgomaestre capitalino, tomando en cuenta que para vacar al alcalde Muñoz, se necesita una votación favorable 26 de sus miembros.

 

SOLICITAN FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA DE VISTA DE LA CAUSA

El 15 de marzo 2022, Carlos Hinostroza Rodríguez, ha solicitado ante el Jurado Nacional de Elecciones, se fije fecha y hora para la audiencia de vista de la causa.

Asimismo, Hinostroza, en su solicitud dice “… en lo seguidos contra el señor Jorge Vicente Martín Muñoz Wells, en su condición de alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en la solicitud de vacancia por haber incurrido en la causal normada en el Artículo 22º, numeral 10 de la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), debidamente concordada con artículo 8º, numeral 8.2, literal d), última parte de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (LEM)…”.

Por otro lado, durante el 2018, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) vacó en el cargo a un total de 33 alcaldes distritales y a cuatro provinciales, por tener condenas y detenciones por delitos dolosos, restricciones a la contratación, nepotismo, entre otras causales.

Finalmente, el Jurado Nacional de Elecciones, ha notificado a las partes con la finalidad de llevarse a cabo el próximo 25 de abril la audiencia sobre la vacancia contra el alcalde Jorge Muñoz, por haber ocupado el cargo de director de Sedapal.

Escribe: Luis Llumpo Ch.

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