La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó la transferencia financiera y entrega mensual de la subvención del financiamiento público directo desde julio a diciembre del 2022. El monto que se destinará a diez partidos políticos asciende a S/ 7,798,001.64.

Las organizaciones políticas que serán beneficiadas son: Partido Político Nacional Perú Libre (S/ 1,075,639.61), Fuerza Popular (S/ 957,530.59), Renovación Popular (S/ 843,268.72), Acción Popular (S/ 825,571.61), Alianza para el Progreso (S/ 741,414.23), Avanza País – Partido de Integración Social (S/ 741,130.77), Juntos por el Perú (S/ 687,321.48), Partido Democrático Somos Perú (S/ 661,153.18), Podemos Perú (S/ 644,211.68) y el Partido Morado (S/ 620,759.78).

Dicha norma, publicada en el diario oficial El Peruano, también autoriza a la Gerencia de Administración de la ONPE a realizar transferencias interbancarias de las subvenciones del financiamiento público directo, las cuales corresponden a los mencionados meses de este año, a las cuentas de los partidos beneficiados, quienes deben haber cumplido los requisitos señalados en el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios.

El organismo electoral también informó que la resolución detalla que el 16 de enero de 2023 es la fecha límite para que se presente la rendición de cuenta del financiamiento de las transferencias que corresponden a los meses de julio a diciembre de 2022.

Como se recuerda, el artículo 29 de la Ley de Organizaciones Políticas estipula que los partidos que consiguen tener representación en el Congreso de la República reciben un financiamiento público por parte del Estado y su monto es el total de la multiplicación del número total de votos emitidos para elegir a los parlamentarios por el 0.1% de la unidad impositiva tributaria.

“El financiamiento público directo es el otorgamiento de fondos, con cargo al Presupuesto General de la República, a los partidos políticos y alianzas electorales con representación en el Congreso de la República para ser utilizados durante el quinquenio posterior a las elecciones generales en las que fueron electos”, señala la norma. (Correo).

Deja una respuesta