A pocos días de concluir su gestión como presidenta del Congreso, María del Carmen Alva,decidió aumentar el sueldo a dos funcionarias de su entorno, quienes laboran en el Servicio Parlamentario y fueron destacadas a su despacho. Se trata de sus dos secretarias de confianza.
Así lo demuestra el acuerdo de Mesa Directivadel pasado 21 de julio al que pudo acceder Correo, documento que lleva la firma de la entonces primera vicepresidenta del Parlamento y actual titular, Lady Camones(Alianza para el Progreso).
Una de ella es Marina Vela Vera, quién estaba en el cargo de técnico con un sueldo de 5 mil 385 soles y dependía del Departamento de Gestión Documental, sin embargo, en la práctica trabajaba junto a Alva. Ella figura con una afiliación vigente al partido Acción Popular desde el año 2005.
Con el nuevo acuerdo de Mesa, Vela pasará a ganar S/7 mil 370, pero adicionalmente tiene como beneficio un bono por movilidad y refrigerio de aproximadamente 2 mil soles, así como 2500 como bono sindical. Esto suma más de 11 mil soles mensuales.
La otra secretaria beneficiada es Florencia Sánchez Cerqueira, quien tenía un sueldo de S/ 5 mil 049 en el nivel técnico y figura como trabajadora del Área de Desarrollo y Bienestar del Personal del Congreso. Con el acuerdo de Mesa Directiva su favor ganará S/ 8 mil 957. Pero con los citados beneficios podrá ganar más de S/12 mil.
Según la normativa interna del Congreso, respecto a la progresión de la carrera en el Servicio Parlamentario, un ascenso se promueve con una vacante y presupuestado, a fin de respetar las políticas y directivas de administración salarial.
“La progresión en la carrera en el Servicio Parlamentario se realiza mediante concurso interno de méritos que comprende un examen de ascenso, el cumplimiento de requisitos y el resultado de las evaluaciones periódicas de desempeño laboral. Para participar en el examen de ascenso es necesario haber aprobado los cursos de capacitación que acrediten las competencias técnicas o profesionales, conforme a la malla curricular establecida para cada grupo ocupacional”, se indica en el artículo 43.
Por: GLADEMIR ANAYA