El Gobierno oficializó que el monto del Bono Alimentario, para mitigar el alza de precios de la canasta básica, será de S/ 270 por persona mayor de edad, y se entregará de manera excepcional a los ciudadanos en situación de vulnerabilidad económica, de acuerdo con el Registro Nacional para medidas COVID-19.

Esta medida se publicó en la edición extraordinaria del sábado en Normas Legales del diario El Peruano mediante la Ley Nº 31538, que aprueba créditos suplementarios para el financiamiento de los gastos asociados a la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, la reactivación económica, y otros gastos de las entidades del Gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.

La norma señala que, en un plazo de 30 días calendarios, el Consejo de Ministros debe aprobar disposiciones reglamentarias que establezcan los criterios de elegibilidad de los potenciales beneficiarios, los lineamientos para la elaboración del registro de ciudadanos de dicho subsidio, el procedimiento de aprobación de los padrones de ciudadanos, entre otros aspectos, que permitan el otorgamiento del apoyo económico individual sobre la base actualizada del registro nacional.

¿Cómo se recibirá el bono alimentario?

El pago del bono alimentario se hará a través del Banco de la Nación, así como de todas las demás empresas del sistema financiero y empresas de dinero electrónico del país, por medio de sus canales de atención.

Incluso se podrá usar tarjetas, en todos los casos sin cobro de comisiones o gastos para los beneficiarios, detalla.

¿Hasta cuándo será el cobro del Bono Alimentario?

El cobro del subsidio monetario individual de la presente ley podrá hacerse efectivo hasta el 30 de abril de 2023.

Culminado el plazo referido en el numeral precedente, el Banco de la Nación y las empresas financieras privadas en el país que hayan recibido recursos deben extornarlos y transferirlos a la cuenta del Tesoro Público en la forma y plazo que el Ministerio de Economía y Finanzas comunique a las entidades financieras, a través del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, indica.

¿Quién será el encargado de otorgar el subsidio?

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), a través del Programa Nacional de Asistencia Solidaria (Pensión 65), será el encargado del otorgamiento del subsidio monetario individual.

De acuerdo con la norma, se autoriza la incorporación de recursos vía crédito suplementario en el presupuesto del sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por S/ 1,698 millones a favor de la reserva de contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar el otorgamiento del subsidio monetario individual.

En el caso de Pensión 65 y Contigo, la ley precisa que el subsidio será de S/ 200, S/ 250 y S/ 300, respectivamente; es decir, acorde al valor de la prestación económica que reciben bimensualmente.

Para ello se autoriza la incorporación de recursos vía crédito suplementario en el presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2022 por la suma de S/ 301.4 millones al Midis.

Recordemos que el presidente de la República, Pedro Castillo anunció, en su último mensaje a la Nación, que el bono alcanzará a 6 millones de personas vulnerables. (Ojo).

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