Felipe Castillo otro alcalde tiktoker que se encuentra más preocupado al parecer de la “peliculina” en las redes sociales que realizar una gestión honesta y transparente en favor de los vecinos olivenses.
Por otro lado la Contraloría General de la República, emite un informe con respecto a la manera como es que la gestión del alcalde de Los Olivos, Felipe Castillo Oliva, no ha sabido manejar bien los dineros del Estado con respecto a una importante obra que podría peligrar, si es que no se toman las acciones pertinentes, por otro lado no se nota ninguna fiscalización por parte de los regidores de la municipalidad de Los Olivos, quienes serían cómplices de los hechos.
Pasamos a informar parte del informe de la Contraloría:
Según el INFORME DE HITO DE CONTROL N° 010-2024-OCI/3794-SCC – CONTROL CONCURRENTE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS – “EJECUCIÓN Y SUPERVISIÓN A LA INTERVENCIÓN ECONÓMICA DE LA OBRA MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD DE LAS VÍAS AUXILIARES DE LA AV. 2 DE OCTUBRE ENTRE EL TRAMO DE LA AV. CANTA CALLAO Y AV. PANAMERICANA NORTE – CUI 2372649” HITO DE CONTROL N° 2 – AVANCE DE EJECUCIÓN DE OBRA.
I. ORIGEN
El presente informe se emite en mérito a lo dispuesto por el Órgano de Control Institucional (OCI) de
la Municipalidad Distrital de Los Olivos mediante oficio N.° 141-2024-OCI/3794 de 19 de abril de 2024,
registrado en el Sistema de Control Gubernamental – SCG con la orden de servicio N.° 3794-2024-009, en el marco de lo previsto en la Directiva N.° 013-2022-CG/NORM “Servicio de Control Simultáneo”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N.° 218-2022-CG de 30 de mayo
de 2022, y sus modificatorias. (…)
III. ALCANCE
El Control Concurrente se desarrolló a la ejecución y supervisión de la intervención económica de la
obra “Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad de las Vías Auxiliares de la Av. 2 de Octubre entre
el Tramo de la Av. Canta Callao y Av. Panamericana Norte, Distrito de Los Olivos – Lima – Lima” con
código único de inversión (CUI) 2372649 durante el avance de ejecución de obra al mes de abril de
2024, efectuado del 19 al 25 de abril de 2024, en la avenida 2 de Octubre, urbanización Puertas de
Pro, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima.
Contrato
Como resultado del procedimiento de selección de la Licitación Pública n.° 001-2022-MDLO/CS
Primera Convocatoria, convocado con un valor referencial de S/ 9 937 772,83, para la contratación de
la ejecución de la obra, la Entidad suscribió el Contrato n.° 35-2022-MDLO-SGLYP de 29 de diciembre
de 2022 con el Consorcio San Gregorio, en adelante el Contratista, por un monto ascendente a
S/ 8 943 995,56, el sistema de contratación a precios unitarios y un plazo de ciento ochenta (180) días
calendario, siendo esta última, quien designó como residente de obra, al ingeniero Miguel Ángel
Santos Aguilar, con registro en el Colegio de Ingenieros del Perú (CIP) 142226, sustituido por la
ingeniera Greta Sonia Gonzales Micalay, con registro CIP 80151.
Supervisión de obra
Del procedimiento de selección de la Adjudicación Simplificada n.° 15-2022-MDLO/CS-Primera
Convocatoria, convocado con un valor referencial de S/ 250 000,00 para la contratación del servicio
de consultoría de supervisión de obra, la Entidad suscribió el Contrato n.° 008-2023-MDLO-SGLYP
de 30 de junio de 2023, con el señor Sixto Ceron Cucchi, consultor de supervisión de obra, por un
monto ascendente de S/ 225 000,00, el sistema de contratación de esquema mixto de tarifas y suma
alzada, y un plazo de doscientos setenta (270)3 días calendario.
Consecuentemente, el ingeniero Sixto Ceron Cucchi con registro CIP 58609 fue designado en el cargo
de jefe de supervisión.
Obra
La ejecución de la obra: “Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad de las Vías Auxiliares de la Av.
2 de Octubre entre el Tramo de la Av. Canta Callao y Av. Panamericana Norte, Distrito de Los Olivos
- Lima – Lima” con CUI 2372649 inició el 9 de marzo de 2023 conforme se estipuló en el “Acta de Inicio
de Plazo de Ejecución de Obra”, al día siguiente de suscribir el “Acta de Entrega de Terreno”, y el
asiento n.° 02 del cuaderno de obra digital redactado por el residente de obra titulado “Inicio del Plazo
de Ejecución de Obra” en el que se indicó “(…) El día de hoy en coordinación con el Inspector de Obra,
Representantes de la Entidad y Contratista, acuden al lugar de la obra a fin de verificar la viabilidad técnica e inicio de los trabajos correspondientes al avance físico de obra, (…). Por lo tanto, el día de hoy 09-03-2023 inicia el plazo de ejecución de obra y con fecha 04-09-2023 esta previsto el término del plazo de ejecución de obra”.
Mediante documento s/n de 6 de enero de 2023, el Contratista remitió la carta fianza de adelanto
directo por el monto de S/ 894 399,56, por lo que, con informe N.° 035-2023/MDLO/GGDU/SGIOP/AGAC de 8 de marzo de 2023, el especialista en inversión pública recomendó otorgar el pago por adelanto directo, siendo derivado por la Subgerencia de Infraestructura y Obras Públicas mediante informe n.° 162-2023/MDLO/GGDU/SGIOP de 8 de marzo de 2023. En ese sentido, mediante comprobantes de pago n.os 001709, 001710, 001711 y 001712 de 16 de marzo de 2023.
Sin embargo, a través de la Resolución de Oficina General de Secretaría n.° 001-2024-MDLO/OGS
de 16 de enero de 2024, la Entidad aprobó la intervención económica de la obra: “Mejoramiento del
Servicio de Transitabilidad de las Vías Auxiliares de la Av. 2 de Octubre entre el Tramo de la Av. Canta
Callao y Av. Panamericana Norte, Distrito de Los Olivos – Lima – Lima” con CUI 2372649 en el marco
del contrato n.° 35-2022-MDLO-SGLYP justificado en el literal “e) Por incumplimiento de las
estipulaciones contractuales que a su juicio no permitan la terminación de los trabajos” del acápite
7.1.1 del numeral 7.1 “De las causales para intervenir económicamente la obra” del rubro VII.
Disposiciones Específicas de la Directiva n.° 013-2019-OSCE/CD “Intervención Económica de la
Obra” aprobada por Resolución n.° 183-2019-OSCE/PRE de 18 de octubre de 2019, comunicado al
consultor de supervisión de obra con carta n.° 43-2024-MDLO/GDU/SGIOP de 17 de diciembre de
2024.
- LA ENTIDAD PAGÓ LA PARTIDA 04.03.04 “CONCRETO PREMEZCLADO P/VEREDAS F’C=175 KG/CM2, SEMIPULIDO-BRUÑADO” A PESAR DE QUE EL ESPESOR DE LA CAPA DE RODADURA DE LA VEREDA ES MENOR A 10 CM CONFORME A LO REQUERIDO EN EL EXPEDIENTE TÉCNICO Y LA NORMA TÉCNICA LO QUE PODRÍA AFECTAR LA VIDA ÚTIL DE LA OBRA Y RETRASO EN EL CUMPLIMIENTO OPORTUNO DE LOS OBJETIVOS DELPROYECTO EN PERJUICIO DE LOS BENEFICIARIOS.
Mediante el expediente técnico de obra aprobado por Resolución Sub Gerencial N.° 050-2022 MDLO/GGDU/SGIOP de 21 de setiembre de 2022 se proyectó que para la carpeta de rodadura de las veredas se deberá ejecutar la partida 04.03.04 “Concreto premezclado p/veredas f’c=175 Kg/cm2, semipulido-bruñado”, cuyas consideraciones generales señalan “(…).
Conforme se observa en la imagen anterior, el espesor de la capa de rodadura de la vereda establecido en el expediente técnico de obra debe ser de 10 cm, siendo este el diseño requerido para la ejecución de la presente obra, por ende, mediante asiento n.° 812 del cuaderno de obra de 12 de enero de 2024 titulado “Prueba de Diamantina de Concreto”, el jefe de supervisión señaló .
“(…) De acuerdo al desagregado de gastos generales, forma parte de sus obligaciones realizar 30 pruebas
de diamantina – concreto. Hasta la fecha no ha realizado alguna prueba, por lo que mediante el presente se le ordena realizar las referidas pruebas, antes de la finalización de la obra, de lo contrario se dará como no concluido la obra por falta de pruebas de control de calidad. (…)”.
- ACTO RESOLUTIVO QUE DECLARA LA INTERVENCIÓN ECONÓMICA, FUE SUSCRITO POR
UN FUNCIONARIO DE MENOR JERARQUÍA A QUIEN SUSCRIBIÓ EL CONTRATO DE OBRA
CONTRAVINIENDO LA NORMATIVA APLICABLE, LO QUE AFECTA LA EFICACIA Y
LEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO PUDIENDO GENERARSE CONTROVERSIAS EN
EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DE LA OBRA.
A través de la Resolución de Oficina General de Secretaría n.° 001-2024-MDLO/OGS de 16 de
enero de 2024, la Entidad aprobó la intervención económica de la obra: “Mejoramiento del Servicio
de Transitabilidad de las Vías Auxiliares de la Av. 2 de Octubre entre el Tramo de la Av. Canta Callao y Av. Panamericana Norte, Distrito de Los Olivos – Lima – Lima” con CUI 2372649 en el marco del Contrato n.° 35-2022-MDLO-SGLYP justificado en el literal “e) Por incumplimiento de las estipulaciones contractuales que a su juicio no permitan la terminación de los trabajos” del acápite 7.1.1 del numeral 7.1 “De las causales para intervenir económicamente la obra” del rubro VII. Disposiciones Específicas de la Directiva N.° 013-2019-OSCE/CD “Intervención Económica de la Obra, comunicado a la Supervisión con carta N.° 43-2024-MDLO/GDU/SGIOP de 17 de diciembre de 2024, en concordancia con el artículo 204.
“Intervención Económica de la Obra” del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
En ese contexto, de la revisión a la Resolución de Oficina General de Secretaría N° 001-2024-MDLO/OGS de 16 de enero de 2024, se verificó que fue suscrita por el señor Félix Manuel Lewinski Paz Perez, responsable de la Oficina General de Secretaría, la cual depende de la Gerencia Municipal, de conformidad con el artículo 29. “Oficina General de Secretaría” del Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad, aprobada por Ordenanza n.° 580/CDLO
de 2 de febrero de 2024.
Sin embargo, el Contrato n.° 35-2022-MDLO-SGLYP de 29 de diciembre de 2022 para el proceso de selección de la Licitación Pública n.° 01-2022-MDLO/CS-Primera Convocatoria, fue suscrito por el señor Julián Loli Bonilla, gerente municipal, quien presenta un nivel jerárquico superior al señor Félix Manuel Lewinski Paz Pérez, responsable de la Oficina General de Secretaría.
Finalmente, los olivenses esperan que la gestión del alcalde Felipe Castillo concluya la obra de lo contrario el perjudicado serían los olivenses toda vez que teniendo presupuesto para concluya una importante obra se encuentra en esta situación, asimismo los vecinos se sorprenden la manera como los regidores no fiscalizan las obras de la gestión.
Escribe: Luis Llumpo Ch.
LA NOTICIA RENOVADA
En su programa político EL QUE SE PICA PIERDE