El creciente interés de los consumidores por productos amigables con el planeta ha desencadenado al mismo tiempo una serie de trampas publicitarias conocida como greenwashing, y que usa términos como «ecoamigable» o «sostenible» de manera engañosa o falsa para la venta de productos. Solo entre 2020 y julio de este año, Indecopi identificó 807 posibles casos de greenwashing en Perú: 555 han sido archivados y 252 continuarán en investigación. De estos últimos, solo uno ha concluido con una sanción por vender un producto como si fuera biodegradable cuando no lo era. En agosto de este año Indecopi publicará la guía sobre publicidad ambiental. Multas por infringir la norma ascenderán a más de S/ 3 millones.
Orgánico, ecológico, biodegradable, sostenible y producto eco-amigable son los conceptos o etiquetas más utilizadas en la estrategia publicitaria de las empresas para ofertar productos a consumidores preocupados por su impacto en el ambiente. En algunos casos, incluso, justifican el incremento de los precios de sus productos por esta aparente característica de amigable con el planeta.
Sin embargo, no siempre ocurre así y el consumidor queda expuesto a las trampas de una publicidad engañosa, denominada en estos casos greenwashing. Esta práctica publicitaria consiste en un intento de engañar a los consumidores comercializando productos que se presentan como más inocuos para el ambiente cuando realmente no lo son.
OjoPúblico accedió –a través de pedidos de información– a una lista de 807 presuntos casos identificados por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) entre 2020 y julio del 2023, que habrían incluido estos términos de publicidad ambiental engañosa.
De este total de casos, 555 fueron archivados (porque la publicidad fue retirada inmediatamente o porque las empresas presentaron las pruebas que acreditaban la veracidad de sus afirmaciones) y 252 continuaron con la investigación. De estas últimas, cinco fueron resueltas y solo una fue sancionada.
El caso que terminó en sanción corresponde a una campaña publicitaria de la empresa Intradevco Industrial S.A., por sus productos de limpieza “Sapolio Limpiavidrios” y “Sapolio Limpiador en Polvo”, y corresponde al año 2019. La publicidad señalaba que el polvo limpiador y su empaque eran biodegradables e incapaces de contaminar el medio ambiente.
Por: Luz Alarcón C.
