Desde inicio de gestión de la alcaldesa de Pueblo Libre, Mónica Tello, ha venido teniendo problemas con su gestión, sin embargo al parecer la burgomaestre, no ha tomado en cuenta los informes de Contraloría con respecto a varias irregularidades.
Asimismo, la alcaldesa de Pueblo Libre, tiene una REVOCATORIA en marcha y según revocadores los vecinos vienen firmando con la finalidad que la alcaldesa sea revocada.
En este caso la Contraloría General de la República informa un grave informe con respecto a la gestión de la alcaldesa de Pueblo Libre, Mónica Tello con respecto al padrón de beneficiarios que no se cumple y tampoco se cumple con respecto con los insumos que reúnen las condiciones sanitarias.
A continuación pasamos a reproducir parte del extenso Informe que incluyen fotos de la Contraloría General de la República:
Según Informe de Control Concurrente N.° 011-2024-OCI/2160-SCC CONTROL CONCURRENTE – Municipalidad de Pueblo Libre “GESTIÓN DEL PROGRAMA DE VASO DE LECHE EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE (MAGDALENA VIEJA), PERÍODO 2024”.
IV. INFORMACIÓN RESPECTO AL CONTROL CONCURRENTE
La distribución, supervisión y adquisición de los insumos del Programa del Vaso de Leche, consta de tres actividades de mayor impacto, tales como la distribución de los insumos del PVL, supervisión de los de los insumos del PVL y conformidad y pago de los insumos del PVL.
Los órganos que participan en las mencionadas actividades son:
- La Gerencia de Desarrollo Humano, Familia y DEMUNA como área usuaria y encargada del
Programa del Vaso de Leche. Dicho programa social fue creado mediante la Ley N.º 24059 y
complementada con la Ley N.º 27470, a fin de ofrecer una ración diaria de alimentos a una población considerada vulnerable, con el propósito de ayudarla a superar la inseguridad
alimentaria en la que se encuentran los beneficiarios, entre ellos, la población materno – infantil
en sus niveles de niños de 0 a 6 años de edad, de madres gestantes y en período de lactancia
con derecho a la provisión diaria por parte del Estado. - La Subgerencia de Logística y Patrimonio, como órgano encargado de las contrataciones, el cual
efectúa el seguimiento respectivo para el cumplimento de la ejecución del contrato N.° 003-2023-MPL suscrito el 11 de agosto de 2023, derivada de la Adjudicación Simplificada N° 005-2023-MPL-3 para la contratación del “Suministro de productos alimenticios para el Programa Vaso de Leche en la Municipalidad de Pueblo Libre”. En dicho contrato establece en la cláusula quinta, el cronograma y cantidades de insumos que se realizarán en doce (12) entregas
parciales (…).
- LA ENTREGA DE INSUMOS DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE A LOS COMITÉS SE ESTARÍA REALIZANDO EN LUGARES QUE NO REÚNEN LAS CONDICIONES SANITARIAS Y DE SEGURIDAD QUE DEBEN CUMPLIR LOS ALMACENES, SITUACIÓN QUE PODRÍA AFECTAR LA CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y BUEN ESTADO DE LOS INSUMOS, AsÍ COMO PONER EN RIESGO LA SALUD DE LOS BENEFICIARIOS.
a) Condición
De la verificación selectiva, al proceso de distribución de los insumos del PVL, efectuada el 29 de mayo de 2024 a los comités “María Magdalena”, “La Marina”, “Nuevo Perú” y “7 de Junio”, se advirtió que la Municipalidad realizó la entrega de alimentos a las coordinadoras encargadas de la distribución de las raciones a los beneficiarios del PVL, quienes recibieron dichos alimentos en sus domicilios; sin embargo, son lugares que no reúnen las condiciones sanitarias y de seguridad que deben cumplir los almacenes, conforme se dejó constancia en el Acta de Verificación n.° 004-2024/MPL-OCI-SCC 004 de 4 de junio de 2024…
Comité “María Magdalena”
Se constató que el coordinador del PVL conjuntamente con personal de la Gerencia, en condición de apoyo, entregó al domicilio sito en Tupac Amaru n.° 184-Pueblo Libre, los insumos correspondientes del PVL; sin embargo, se evidencia que al recepcionar los insumos no cuentan con un ambiente exclusivo para la recepción de los mismos. Y, además, están colocados en una escalera donde hay tránsito alto de personas que viven al interior del domicilio…
Comité “La Marina”
Se constató que el coordinador del PVL conjuntamente con personal de la Gerencia, en condición de apoyo, entregó al domicilio sito en avenida La Marina n.° 744-Pueblo Libre, los insumos correspondientes del PVL; sin embargo, se evidencia que al recepcionar los insumos no cuentan con un ambiente exclusivo para la recepción de los mismos y fueron recibidos y dejados sobre dos sillas al interior de su domicilio…
Comité “Nuevo Perú”
Se constató que el coordinador del PVL conjuntamente con personal de la Gerencia, en condición de apoyo, entregó al domicilio sito en avenida La Marina n.° 989-Pueblo Libre, los insumos correspondientes del PVL; sin embargo, se evidencia que al recepcionar los insumos no cuentan con un ambiente exclusivo para la recepción de los mismos. Además, se evidencia que dichos insumos son almacenados junto a cocina con balón de gas…
Comité “7 de junio”
Se constató que el coordinador del PVL conjuntamente con personal de la Gerencia, en condición de apoyo, entregó al domicilio sito en AAHH 7 de junio Mz “C” Lote 12-Pueblo Libre, los insumos correspondientes del PVL; sin embargo, se evidencia que al recepcionar los insumos no cuentan con un ambiente exclusivo para la recepción de los mismos. Además, expuestos a la intemperie, sin un lugar techado, al costado de ropas tendidas y de crianza de pollos…
- EL COORDINADOR DEL PROGRAMA DE VASO DE LECHE NO EVIDENCIA SUPERVISIÓN
RESPECTO A LA DISTRIBUCIÓN DE LOS INSUMOS DEL PROGRAMA DE VASO DE LECHE
POR PARTE DE LOS COMITÉS HACIA LOS BENEFICIARIOS, SITUACIÓN QUE GENERA EL
RIESGO QUE LOS CITADOS INSUMOS NO SEAN RECIBIDOS POR LOS BENEFICIARIOS Y
NO SE CUMPLA CON LOS OBJETIVOS Y FINALIDAD PÚBLICA DE LA ADQUISICIÓN DE
TALES INSUMOS.
a) Condición
Mediante Memorando n.° 209-2024-MPL-OCI de 11 de junio de 2024, se solicitó a la Gerente
de Desarrollo Humano Familia y DEMUNA los documentos que sustente las supervisiones realizadas a los comités del Programa de Vaso de Leche, cuando se distribuyen a los beneficiarios finales, asimismo se solicitó adjunte de los meses de abril y mayo del año 2024,en respuesta mediante Informe n.° 062-2024-MPL-GDHFD de 14 de junio de 2024 (recibido el 17 de junio de 2024) se adjunta actas de visita a los comités “María Magdalena”, “7 de Junio” y “Nuevo Perú” de 10, 11 de abril y 03 de mayo de 2024, más no se evidencia la supervisión por parte del Coordinador del Vaso de Leche cuando se realiza la distribución de los Insumos del Programa de Vaso de Leche por parte de los comités hacia los beneficiarios…
- EL PADRÓN DE BENEFICIARIOS DEL PVL INCLUYE PERSONAS NO POBRES Y
PERSONAS CUYA SITUACIÓN SOCIOECONÓMICA SE DESCONOCE; LO CUAL PODRÍA
AFECTAR LA FINALIDAD PÚBLICA DEL PVL, AL NO ATENDERSE A LA POBLACIÓN
OBJETO.
a) Condición
De la revisión a los padrones de los beneficiarios del Programa de Vaso de Leche de los diez (10) comités de Vaso de Leche, remitidos por la Gerencia de Desarrollo Humano Familia y DEMUNA, a través del Informe n.° 067-2024-MPL-GDHFD de 27 de junio de 2024, habiéndose consignado en dicho padrón la situación socioeconómica de cada uno de los beneficiarios, advirtiéndose la existencia de beneficiarios inscritos con la condición socioeconómica “No Pobre”, y de beneficiarios que “No tiene clasificación socioeconómica (CSE)”, tal como se advierte en el siguiente cuadro:
1 Tueros Huasasquiche F No tiene CSE
2 Carrillo Gonzales Susan No pobre
3 Chipana Quispe Edith No tiene CSE
4 Cervantes Crisanto Luci No pobre
5 Crisanto Arias Elena No pobre
6 Guerrero Ballumbrosio Laura. S No pobre
7 Temoche Benavides Alf No tiene CSE
8 Chipana Incaquihue Sonia Kare No pobre
9 Katherin Yucra Valdez No pobre
10 Quispe Salazar Candela No tiene CSE
11 Inuma Quio Geny Goet No tiene CSE
12 Moreno Blas Zeudy R No pobre
13 Fernández Carrasco Lucero. C No pobre
14 Damián Rodríguez Lucerito. E No pobre
15 Asto Cochachi Doris M No pobre
16 Primitva Peves Quispe No pobre
17 Quispe Mercado Miria No pobre
18 Vega Salazar Xiomara Katiuska No pobre
19 Mendoza Tenorio Roció Isabel No pobre
20 Manrique Fajardo Dom No pobre
21 Machuca Paredes Jessic No pobre
22 Bellido Hinostroza Mar No pobre
23 Mejías Becerra Carmen No pobre
24 Espinar Aguirre Pedro No pobre
25 Diaz Benites Mayra No pobre
26 Cervantes cabrera. E. No pobre
27 Cervantes Osco Elsa Liliana No pobre
28 Moreno Blaz Leslie. Y No pobre
29 Bernaola Marcelo Ruth No pobre
30 Negrete Rivera Karla Stephane No pobre
31 Dueñas Manchanari M No pobre
32 Juárez Soriaon Carmela No pobre
33 Villavicencio Campana No pobre
34 Yucra Rupay Jackelin No pobre
35 Cervantes Crisanto Rosa Zelayd No pobre
36 Huamán Fuentes Karin No pobre
37 Mejias Becerra Carmen No pobre
38 Flores Pérez Cindy No pobre
39 Dafne Palomino Cruz No pobre
40 Petronila Vélez Aliaga No pobre
41 Jorge Arteaga Bustamant No pobre
42 Rosa Celia Cruz Falcon No pobre
43 Oliveira Altamirano Jackeline No pobre
44 Villanueva Cárdenas Irm No pobre
45 Yoselyn Viviana Motta Patón No pobre
46 Diaz Berrospi Evelyn No pobre
47 Cadenas Valdez Carlos E No pobre
48 Cano Tolentino María E No pobre
49 Hernández Uchuya Ros No pobre
50 Medina Cabello Carla L No pobre
51 Inga Chávez Pascuala No pobre
52 Inga Huamán Violeta No pobre
53 Pozo Vetalleluz Violeta No pobre
54 Rivera Flores Milagros No pobre
55 Feliciano Hinostroza. R No pobre
56 Balabarca Cacha Dianet No pobre
57 Loayza Uribe Yris No pobre
58 Loza Cubas Maryori. B No pobre
59 Rodriguez Pezo Sara No pobre
60 Majia Curotto Susana No pobre
61 Rodas Padilla Rosario No pobre
62 Castro Huaya Hibony No pobre
63 Sandra Castillo Virreyra No pobre
64 Gloria Torres Vásquez No pobre
65 Judith Calle Ledesma No pobre
66 Iris Zegarra Villanueva No pobre
67 Luz Cruzatt Izquierdo No pobre
68 Benavides soto de Carrizales No pobre
69 Castro Martínez Olinda No pobre
70 Huaman Quispe Sonia No pobre
71 Quispe Apaza Adelia No tiene CSE
72 Allende Barrios Angela No pobre
73 Laura Mamani Clement No pobre
74 Manrique Sandoval Guisel Analí No pobre
75 Piza Rivera Teófila No pobre
76 Villanueva Espinoza Ur No pobre
77 Obregón Correa Fernan No pobre
78 Marca Panta Marjorie No pobre
79 Meza Tello Carmen. M No pobre
80 Luna Sifuentes Pilar Eli No tiene CSE
81 Mauricio Navarro Angi No pobre
82 Mendoza Rosales Susana Lidia No pobre
83 Aranda Loaiza de Aranda Francisca
Noemi No pobre
84 Ríos Silva Teresa Antonieta No pobre
85 Galvez Navarro Moraima Lisset No pobre
86 Arteaga Robles Angelica Marianela No pobre
87 Matey Lázaro Francisco Sergio No pobre
88 Caycho Changanaqui B No pobre
89 Espinoza Vinces Leslie No pobre
90 Obregon Montes Nelly No pobre
Del cuadro precedente, se advierte que del total de beneficiarios que son 347, que representa
el 100%, se evidencia 90 beneficiarios que es el 26% del total, no corresponde a la población
objeto, que se estaría beneficiando con este programa. Por lo que se debería tomar en cuenta
una actualización de la población objeto.
Respecto a la Ley n.° 27470, Ley que Establece Normas Complementarias para la Ejecución
del Programa del Vaso de Leche, en el párrafo cuarto del numeral 2.1 del artículo 2, modificado
por el artículo Único de la Ley n.° 31782, establece que la Entidad y el comité de administración tienen la responsabilidad de efectuar el empadronamiento de los beneficiarios del PVL, debiendo garantizar que se cumpla con registrar a la población objeto del PVL, la cual está constituida por las personas indicadas en el artículo 6 de Ley N° 27470.
Asimismo, el artículo 3 del Decreto de Urgencia n.° 039-2008, precisa que: “La atención a la
población beneficiaria a que se refiere el artículo 6 de la Ley n.° 27470, Ley que Establece Normas
Complementarias para la Ejecución del Programa del Vaso de Leche, corresponde a la población en situación de pobreza y pobreza extrema”. El resaltado es nuestro.
Por otro lado, respecto a los beneficiarios del Programa de Vaso de Leche, el artículo 6 de la
Ley n.° 27470, Ley que Establece Normas Complementarias para la Ejecución del Programa
del Vaso de Leche, modificado por el artículo Único de la Ley n.° 31782, establece que los
beneficiarios del PVL serán las personas indicadas en los literas a) y b) de dicho artículo
quienes deberán pertenecer a la circunscripción territorial de la Entidad, y además deberán
pertenecer a la población cuya situación socioeconómica ha sido considerada Pobre o
Pobreza Extrema.
Dicha situación denota el incumplimiento de lo establecido en la normativa que regula la
selección de los beneficiarios del PVL, la cual establece que la población beneficiaria debe
encontrarse en situación de pobreza y pobreza extrema…
Finalmente como señalan vecinos de Pueblo Libre, el cargo le quedo “grande” a la alcaldesa Mónica Tello, al igual que a los regidores que solo reclaman en sesión de concejo y que al final al parecer todo queda en nada o mejor dicho sus pedidos se van al archivo y nadie sale en favor del pueblo que les dio el voto para que sean autoridades.
Escribe: Luis Llumpo Ch.
LA NOTICIA RENOVADA
En su programa político EL QUE SE PICA PIERDE
