El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 admitió a trámite el recurso impugnatorio del partido tras la subsanación del pago de la tasa correspondiente, por lo que el Pleno del JNE deberá emitir un pronunciamiento definitivo.
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 emitió una resolución que concede el recurso de apelación interpuesto por el partido Juntos por el Perú (JP) que busca revertir la improcedencia de una solicitud previa de nulidad de los resultados en 1751 mesas de sufragio en la provincia de Lima.
La resolución (N.° 04277-2026-JEE-LIC1/JNE), emitida el 15 de junio, se fundamenta en el cumplimiento de los plazos legales y el pago de las tasas requeridas, permitiendo que el expediente sea elevado al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones para su revisión final.
La controversia legal se originó tras la Resolución N.° 04201-2026-JEE-LIC1/JNE del pasado 11 de junio, la cual rechazó inicialmente el pedido de nulidad de las actas de escrutinio
El pedido inicial fue declarado improcedente debido a que no se había cumplido con el requisito formal de realizar el pago de la tasa de justicia electoral.
No obstante, JP subsanó esta omisión mediante el uso de la plataforma Págalo.pe, acreditando el pago total necesario para que su recurso sea admitido y evaluado por la instancia superior.
El recurso de nulidad de Juntos por el Perú fue presentado por su personero legal titular Carlos Zafra Flores.
Argumentos de Juntos por el Perú
La organización liderada por el candidato Roberto Sánchez sostiene que existen indicios razonables de alteración de actas electorales en el marco de la segunda vuelta presidencial de 2026.
Tras conocerse la resolución del jurado electoral, el congresista Jaime Quito, también candidato al Senado de Juntos por el Perú, advirtió que no reconocerán los resultados si no hay respuesta a sus observaciones.
«(Mientras) no se respondan las observaciones que nosotros estamos realizando, para nosotros no hay resultados», dijo.
RPP pudo conocer que este martes se llevaron a cabo reuniones de más de siete horas en el local partidario de Juntos por el Perú en el Cercado de Lima, con la participación de figuras como José Domingo Pérez, Walter Ayala y Ernesto Sunini.
En estas sesiones se analizó el impacto de las modificaciones normativas recientes sobre el proceso electoral, especialmente aquellas que establecieron el envió de los votos del extranjeros al Perú, sin que las actas se ingresen previamente de manera digital en los países de origen, como se realizó hasta la primera vuelta.
Al respecto, Quito se refirió a este procedimiento como una maniobra política que ha cambiado la ley electoral.
«No han respetado lo que dice la ley electoral, que no puede haber cambios ni modificaciones en la norma electoral. Y el 28, 29 de mayo han cambiado la norma, la ONPE, respecto a cómo se tienen que hacer los votos en el extranjero y eso estaría viciado», dijo el parlamentario.
El pedido JP queda ahora bajo la responsabilidad del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, órgano que deberá resolver si anula o no los votos de las mesas cuestionadas por el partido.
JEE rechaza pedido de Fuerza Popular que buscaba anular más de 7 mil votos en Puno
El Jurado Electoral Especial (JEE) de San Román declaró improcedentes siete pedidos presentados por el partido Fuerza Popular que buscaban anular 7.014 votos de diversas mesas en Puno. Con esta decisión, se mantienen los resultados obtenidos en el sur del país, donde el candidato Roberto Sánchez, de Juntos por el Perú, obtuvo un respaldo mayoritario frente a Keiko Fujimori. De los votos que se pretendían invalidar, 5.932 favorecían a Sánchez y solo 715 a Fujimori, mientras que el resto correspondía a votos nulos o viciados. Los reclamos presentados por el personero legal de Fuerza Popular, José Benel Alvarado Rojas, apuntaban a mesas de votación ubicadas en seis colegios de las provincias de Azángaro, San Román, Melgar y Carabaya. El partido fujimorista señaló presuntos actos de fraude e indicó que a sus personeros se les impidió ingresar a los locales durante la instalación de las mesas, lo que imposibilitó la fiscalización del material electoral y la transparencia del proceso.
Sin embargo, tras analizar el caso, el organismo electoral determinó que los hechos denunciados no cumplen con los requisitos de la Ley Orgánica de Elecciones. El tribunal aclaró que el supuesto impedimento de ingreso a los personeros de un partido no está contemplado en las normas peruanas como una causa válida para anular la votación de una mesa. Asimismo, el JEE de San Román sostuvo que Fuerza Popular no presentó pruebas válidas para sustentar su denuncia. Por el contrario, la revisión de los documentos y de las fotografías aportadas demostró que las actividades electorales se desarrollaron con normalidad y contaron con la supervisión de la Policía y del personal de las instituciones encargadas del proceso.
El tribunal electoral aplicó el principio de ‘conservación del voto’, una regla que exige defender y respetar la voluntad de los ciudadanos expresada en las urnas frente a reclamos que no demuestren faltas graves. Las autoridades concluyeron que no se evidenció ninguna afectación real que pusiera en duda la regularidad de las elecciones en el sur del país.
Por: Jazmín Bianchi
