Juez afirmó que no había motivación, pese a que Sala Penal y Juzgado Colegiado si sustentan condena.

Rosa Vásquez tenía una condena de 9 años y 5 meses de prisión por peculado doloso agravado. No era una decisión aislada: el caso había pasado por dos instancias.

Pero un hábeas corpus resuelto por el juez Valery Raúl Romero Palacios cambió el escenario: anuló las dos sentencias, ordenó un nuevo juicio y dejó sin efecto las órdenes de ubicación y captura.

¿Lo más controvertido? El juez sostiene que “no se advierte la existencia de una explicación objetiva (motivación)” sobre el vínculo funcional atribuido a Vásquez.

Sin embargo, basta leer la sentencia de segunda instancia.

La Sala dedicó SEIS FUNDAMENTOS, del 3.3.1 al 3.3.6, justamente para explicar ese vínculo. Incluso dejó escrito que Rosa Vásquez no había sido condenada simplemente por ser alcaldesa, que no se le atribuía responsabilidad objetiva y que los elementos analizados “no prueban responsabilidad por jerarquía”.

Entonces la pregunta es sencilla y cualquier ciudadano puede entenderla: ¿Cómo se puede anular una condena diciendo que no existe una explicación, cuando esa explicación aparece desarrollada en seis fundamentos de la propia sentencia?

El juez Raúl Romero podía decir que esos argumentos eran equivocados o insuficientes. Pero no era lo mismo que sostener que la explicación no existía.

Y con ese camino elegido en su sentencia, el resultado está a la vista:

● Dos sentencias anuladas.

● Una orden de captura levantada.

● Y Rosa Vásquez tendrá un nuevo juicio.

No hace falta ser abogado para entender por qué esta decisión genera controversia.

Cuando un hábeas corpus tumba dos sentencias por peculado, las razones tienen que ser tan claras que resistan algo tan sencillo como poner los documentos uno al lado del otro.

¡Comunicado! GORE LIMA LLAMA A LA TRANQUILIDAD Y RESPETAR AL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES: «Rosa Vásquez sabe que debe existir una decisión del JNE».

El hábeas corpus que anuló las sentencias contra Rosa Vásquez y levantó su orden de captura abrió inmediatamente otra pregunta: ¿regresa también al Gobierno Regional de Lima?

La respuesta de la actual administración ha sido prudente, pero precisa: no de modo automática.

El Gobierno Regional, hoy encabezado por Nicolás Barrera, ha comunicado que respetará la resolución judicial, pero también que no asumirá competencias que corresponden al Jurado Nacional de Elecciones.

La Resolución 1755-2026-JNE dejó provisionalmente sin efecto la credencial de Vásquez y convocó a Barrera para asumir la gobernación. Esa resolución electoral sigue siendo el título que sostiene actualmente su ejercicio del cargo.

El hábeas corpus del 22 de septiembre anuló las sentencias cuestionadas y ordenó un nuevo juicio oral; no constituye una absolución definitiva. También dispuso levantar la orden de captura contra Vásquez.

A través de un comunicado, la actual gestión regional opta por no interpretar políticamente una decisión judicial ni precipitar una transferencia del poder regional.

Su posición es sencilla: mientras el JNE no modifique las credenciales vigentes, la conducción del Gobierno Regional de Lima continúa bajo la situación institucional actualmente reconocida, haciendo un llamado a la tranquilidad, serenidad y buena marcha de dicha entidad.

Ahora la palabra la tiene el Jurado Nacional de Elecciones. (NOTUS Perú).

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