La SBS avanza en las Finanzas Abiertas: el plazo para comentar el primer bloque venció el 23 de octubre, el segundo permanece abierto hasta el 6 de noviembre de 2026. APECOSE y APICOSE deben explicar qué propuestas presentan para preservar la asesoría profesional al Asegurado.
UN CAMBIO QUE VIENE DESDE FEBRERO
El 25 de febrero de 2026, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS presentó su Hoja de Ruta para implementar el Sistema de Finanzas Abiertas. Busca fomentar competencia, innovación e inclusión mediante el intercambio seguro de información, con autorización del usuario.
La interoperabilidad permite que sistemas diferentes se comuniquen. Una herramienta son las API, interfaces de programación de aplicaciones ventanillas digitales mediante las cuales un sistema solicita información y otro responde bajo reglas técnicas. La conexión permite intercambiar datos, no autoriza por sí sola cualquier uso.
DE LA BANCA A LOS SEGUROS
Open Banking significa banca abierta. Puede facilitar que una persona reúna información de sus cuentas en distintos bancos o permita evaluar una oferta crediticia. Open Finance amplia ese enfoque a otros productos financieros. Open Insurance lo aplica a los Seguros.
Se pretende facilitar la comparación de opciones, precios y condiciones y permitir que el usuario aproveche su información para recibir servicios adecuados sin presentar todo nuevamente. No significa que todas las aseguradoras accedan automáticamente a sus datos deben respetarse destinatarios, finalidades y alcances autorizados.
En banca e inversiones también puede necesitarse asesoría especializada. Aquí nos concentraremos en seguros: comparar primas no permite determinar, por sí solo, qué póliza protege mejor.
DOS BLOQUES, DOS PLAZOS DISTINTOS
La Resolución SBS Nº 02433-2026, publicada el 5 de octubre, autorizó consultar el primer bloque del proyecto de Reglamento General del Sistema de Finanzas Abiertas Comprende los títulos I al IV: alcance, participantes, datos responsabilidades, habilitación y consentimiento. Su plazo de comentarios concluyó el 23 de octubre.
La Resolución SBS Nº 02519-2026, publicada el 19 de octubre, autorizó consultar el segundo bloque: Infraestructura Digital, Marco de Confianza y Estándares, Seguridad y Calidad. Incluye directorios, pruebas y mecanismos para identificar participantes y proteger conexiones. Recibe aportes hasta el 6 de noviembre.
Son propuestas, no el reglamento definitivo. El cronograma publicado mantiene por definir la incorporación obligatoria de aseguradoras. Precisamente por eso corresponde intervenir ahora.
UNA OFERTA BARATA PUEDE PROTEGER MENOS
Los lineamientos de julio contemplan información de pólizas, como primas, vigencia, coberturas y exclusiones. Es información útil para comparar, pero el asegurado necesita entender qué significa para su situación.
Ejemplo ilustrativo: una plataforma presenta dos Seguros vehiculares. Uno cuesta menos, pero tiene mayor deducible y restricciones relevantes para el uso del vehículo. Elegir únicamente por precio puede dejar al comprador con una protección distinta de la esperada.
En salud, cambiar de póliza exige revisar continuidad de coberturas, preexistencias y condiciones aplicables. Una cotización atractiva no responde todas esas preguntas. La seguridad informática protege el intercambio: la orientación profesional ayuda a evaluar lo contratado.
EL DERECHO AL CORREDOR YA EXISTE
La propia SBS, en su portal sobre prácticas abusivas, advierte contra desconocer o restringir el derecho del asegurado a contar con un corredor autorizado durante la contratación, la vigencia del Seguro o el siniestro.
No proponemos imponerlo en toda operación. Reclamamos que quien desee asesoría pueda acceder a ella también en los nuevos canales digitales.
El Corredor de Seguros debe explicar exclusiones, deducibles, límites y obligaciones, detectar vacíos de cobertura y advertir posibles cláusulas abusivas. Cuando ocurre un siniestro, debe orientar y asistir al cliente ante la aseguradora. Su intervención no garantiza el pago, pero aporta conocimiento para ejercer derechos.
APECOSE Y APICOSE: CUMPLAN SU MISIÓN
APECOSE. Asociación Peruana de Empresas de Corredores de Seguros, declara que representa y fortalece al corretaje mediante respaldo gremial y orientación técnica. APICOSE. Asociación Peruana de Intermediarios y Corredores de Seguros, vincula su misión con la protección de los asegurados y la representación profesional.
Esos compromisos deben traducirse en acciones verificables. ¿Qué u observaciones presentaron al primer bloque? ¿Qué propuestas formularán al segundo? Hagan públicos sus aportes y expliquen cómo defienden el acceso a asesoría dentro del futuro sistema.
El plazo sigue abierto: corresponde aprovecharlo con propuestas concretas, sustentadas y comprensibles para el público.
Representar al Corredor exige anticiparse, orientar y proponer. Las declaraciones institucionales no bastan. La SBS debe explicar cómo se preservará este derecho, los gremios deben demostrar su trabajo. Desde la Defensa del Consumidor continuaremos informando y exigiendo respuestas. El asegurado necesita saber qué compra, qué queda fuera y quien lo acompañará cuando deba reclamar.
Por: Gabriel Bustamante
