Este lunes 1 de junio de 2024, el Poder Judicial declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por Aldo Vásquez, Inés Tello y otros cinco miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Por lo que dispusieron la nulidad del informe final de la Sub Comisión de Acusaciones Constitucionales aprobados por la Comisión del Congreso de la República, respecto a la Denuncia Constitucional N.º 373-2023.
En consecuencia, el PJ ordenó reponer a Vásquez y Tello en sus cargos de miembros titulares de la JNJ, luego de ser inhabilitados por 10 años en el ejercicio de toda función pública.
Bajo esa premisa, se expuso que, en calidad de miembros de la Comisión Permanente, José Luna Gálvez y José Jeri Oré, participaron indebidamente en la votación del Pleno fechada el 7 de marzo de 2024, vulnerando el debido proceso y el artículo 100 de la Constitución.
“Nótese que la votación en el Pleno del Congreso por parte de los congresistas José Enrique Jeri Oré y José León Luna Gálvez que integraban la Comisión Permanente no podría siquiera ser convalidada por la existencia de un supuesto “permiso” de la Junta de Portavoces, pues ningún acuerdo de personas podría erigirse por sobre una prohibición constitucional en tanto se vaciaría de contenido el carácter vinculante del principio de Supremacía Constitucional”, indicó la sentencia.
Ante ello, se dispuso que el Parlamento se abstenga de incurrir en el futuro en las mismas infracciones a los derechos fundamentales de Antonio De la Haza, Imelda Tumialán, María Zavala y Guillermo Thornberry, “bajo apercibimiento de denunciarse penalmente a sus integrantes que las cometieran”, acotó.
Por Shirley De la Cruz