Desde que asumió el cargo de alcalde Hernán Sifuentes del segundo distrito más grande del Perú; San Martín de Porres, Sifuentes, según vecinos, no ha desarrollado obras de envergadura en favor del distrito y para colmo el distrito es conocido como el distrito “Cochino” por la basura que se encuentra en diferentes sectores de SMP y también es conocido por ser el distrito peligroso por la alta delincuencia que existe en el distrito santo.
Es así que vecinos del distrito en breve dialogo con nuestro medio, señalaron: “A Hernán el cargo le quedo grande, SMP esta en el olvido, peor de las ex gestiones que han pasado”, “El distrito esta totalmente descuidado y para colmo trabajadores sentenciados que no cumplen con la ley”, “Lo que me molesta de la gestión es la basura y la delincuencia y ahora esto, no puede ser posible, quien nos gobierna en el distrito”, acotaron vecinos.
Por otro lado vecinos sanmartinense molestos señalaron con respecto a la “Contratación de Servicios de Personal Inhabilitado e Impedido para Contratar con el Estado, bajo la modalidad de locación de servicios”, que paso señor alcalde Hernán Sifuentes, si todo pasa por su despacho, como es que se han contratado a sentenciados y que paso señores regidores, no fiscalizan la gestión”, señalaron preocupados.
A continuación pasamos a publicar parte del extenso Informe del Órgano de Control Institucional Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, donde la actual gestión ha cometido una serie de ilícitos penales sobre todo nadie fiscalizo y dejaron que los «funcionarios» cuestionados cobren sus sueldos perjudicando al Estado.
Según Informe de Control Específico Nº 022-2024-2-2170-SCE, señala.
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II. ARGUMENTOS DEL HECHO ESPECÍFICO PRESUNTAMENTE IRREGULAR
LA ENTIDAD CONTRATÓ A LOCADORES DE SERVICIOS QUE PRESENTARON DECLARACIONES JURADAS DE NO TENER IMPEDIMENTO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO, ASIMISMO UNO DE ELLOS DECLARÓ EN LA DECLARACIÓN JURADA SOBRE LA VERACIDAD DE LOS DOCUMENTOS, NO OBSTANTE, PRESENTÓ UN TÍTULO NO VERAZ, VULNERANDO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LA FE PÚBLICA.
De la revisión y análisis a la información del Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles – RNSSC a cargo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, así como de la documentación alcanzada por la entidad, que sustenta la contratación bajo la modalidad de locación de servicios de Walter Emmanuel Horna Mestanza, Sheyla Suzette Toranzo Campos, Fernando Montoya Bardales y Walter Jesús Rivera Guerra, se advirtió que dichas personas se encontraban impedidas para contratar con el estado, por el periodo de julio de 2022 a julio 2023, periodo de diciembre de 2019 a diciembre de 2024, periodo de octubre de 2018 a octubre 2023 y periodo de julio de 2021 a julio de 2022, respectivamente, sin emabrgo, suscribieron y presentaron declaraciones juradas afirmando lo contrario a fin de prestar servicios en la entidad, durante el periodo 2022 y 2023, por el importe total de S/. 76,800,00, conforme se detalla…
Al respecto las personas señaladas en el párrafo precedente a fin de ser contratadas bajo la modalidad de locación de servicios por la entidad, suscribieron y presentaron declaraciones juradas en las que declaraban no contar con impedimentos para contratar con el Estado, pese a que conocían que se encontraban impedidas, por cuanto tres (3) de ellas se encontraban con sanción de inhabilitación y registradas en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles – RNSSC y uno se encontraba impedido de contratar con el Estado por no haber transcurrido los doce (12) meses posteriores de haber dejado el cargo de congresista de la República.
Asimismo en el caso de Sheylla Suzette Toranzo Campos, presentó y suscribió la Declaración Jurada,donde especifica en el item 3. “Soy responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos de la presente contratación”, no obstante, presentó copia simple del título profesional de abogada carente de veracidad, de acuerdo a lo informado por la Universidad Nacional Federico Villarreal. (…).
… mediante Resolución Nº 11 de 25 de julio de 2022… relacionado con el Expediente Nº 01599-2021-2-0901-JR-PE-07, el Primer Juzgado Penal Unipersonal – Sede Central, en vista de la devolución de los autos, dispone entre otros que se cumpla lo ejecutoriado y se archive definitivamente “(…) los cuadernos Nº 1599-2021-2 (de debate), Nº 1599-2021-3 (expediente judicial) y Nº 1599-2021-4 (cuaderno de pena diferida) (…) “e informó lo siguiente: “(…) REMITASE al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte. Notifiquese (…)”, en ese sentido, dicha resolución …
En tal sentido, Walter Emmanuel Horna Mestanza, para ser contratado como locador de servicios por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, desde mayo hasta diciembre de 2022, presentó el formato de Anexo Nº 06 – Declaración Juarada declarando no tener impedimentos para contratar con el Estado durante los meses de mayo a noviembre (en el mes de diciembre no presentó declaración jurada), (Apéndice Nº 3) no obstante tenía conocimiento de su inhabilitación que inició a partir del 27 de julio de 2022, en mérito de las resoluciones del Primer Juzgado Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, y de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
(…)
2.2. Presentación de Declaraciones Juradas de “No tener impedimentos para contratar con el Estado” cuando se encontraba impedido.
De la revisión de la información obtenida en el portal web del Congreso de la República, así como de la credencial de Congtresista remitida por el Jurado Nacional de Elecciones mediante el Oficio Nº 002888 y 002994-2024-SG/JNE … de 29 de octubre y 8 de noviembre de 2024, respectivamente se evidencia que Walter Jesús Rivera Guerra, fue elegido Congresista de la República en el proceso de elecciones congresales Extraordinarias 2020 para completar el periodo legislativo 2016 – 2021, y se desempeñó en dicho cargo desde el 16 de marzo de 2020 al 27 de julio de 2021, como se visualiza en la imagen Nº 3, por lo que se encontraba impedido de contratar con el Estado por el periodo de 12 meses después de haber ejercido el cargo de Congresista de la República, es decir desde el 28 de julio de 2021 al 27 de julio de 2022, conforme a lo establecido en el literal a) del numeral 11.1 del artículo 11. Impedimentos del TUO de la Ley Nº 30225, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2019-EF de 12 de marzo de 2019.
(…)
Finalmente, el alcalde Hernán Sifuentes y los regidores fiscalizadores, tenían conocimiento de estas irregularidades, según vecinos creen que si tenían conocimiento y que se habrían hecho de la -vista gorda-, esperemos que el Procurador Público de la Contraloría General de la República, inicie las acciones legales penales contra los funcionarios y servidores públicos comprendidos en los hechos que son: FERNANDO MONTOYA BARDALES; WALTER JESÚS RIVERA GUERRA; SHEYLLA SUZETTE TORANZO CAMPOS; WALTER EMMANUEL HORNA MESTANZA.
Escribe: Luis Llumpo Ch.
LA NOTICIA RENOVADA
En su programa político EL QUE SE PICA PIERDE