La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó suspender por 60 días a la jueza suprema Elvia Barrios por no informar que su exesposo contrató con el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entre los años 2015 y 2018.

Luz Tello, miembro del pleno de la JNJ, sostuvo en audiencia que Barrios estaba obligada a notificar al JNE y al Poder Judicial que Eduardo Laca Rivadeneira, su pareja en ese momento, había suscrito órdenes de servicio con el máximo ente electoral.

La Ley de Contrataciones con el Estado señala que los familiares de altos funcionarios, entre ellos los magistrados supremos, están impedidos de contratar con entidades públicas.

«La conducta de un juez de la Corte Suprema que consista en no informar, omitiendo que su conviviente sea contratado para proveer servicios a una entidad que forma parte del Poder Judicial, mediante órdenes de servicios, es pasible de un importante grado de reproche ético y consecuentemente de la correspondiente sanción disciplinaria», manifestó Tello.

A esa conclusión se adhirieron el resto de integrantes de la JNJ, salvo María Zavala.

La integrante de la JNJ apeló al artículo 11 de la Ley de Contrataciones con el Estado, la misma que indica que los familiares de los altos funcionarios, entre ellos los magistrados supremos, están impedidos de contratar con entidades públicas.

Elvia Barrios solo iba a recibir una amonestación, pero el ponente del caso, Henry Ávila, cambió su veredicto al identificar la falta grave, razón por la que la suspendieron 60 días. María Zavala fue la única integrante del pleno que no compartió esta sanción. (La Razón).

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