En una ceremonia realizada en la sede de la Dirincri, la presidenta de la República, Dina Boluarte, presentó el Decreto Legislativo N° 1605, el cual introduce modificaciones en 30 artículos del Nuevo Código Procesal Penal. Esta medida, promulgada y oficializado hace pocos días, busca optimizar el marco legal que regula la investigación del delito, con el propósito de fortalecer a la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público.
La mandataria destacó que este cambio legal marca un hito en la lucha contra la delincuencia y organizaciones transnacionales. Después de 19 años, la Policía recupera plenas facultades de investigación en la etapa preliminar sin menoscabar las atribuciones del Ministerio Público. Boluarte enfatizó en la coordinación y articulación de esfuerzos con la Fiscalía y demás operadores de justicia para enfrentar los desafíos de la sociedad.
“Así se coordinarán y articularán esfuerzos y acciones con la Fiscalía y con los demás operadores de justicia con el fin de enfrentar estas lacras de la sociedad con herramientas jurídicas y legales efectivas para frenar su avance”, agregó la presidenta Boluarte.
Este marco jurídico, según la presidenta, fortalecerá el sistema nacional de seguridad ciudadana y permitirá combatir eficazmente la delincuencia y el crimen organizado.
“De esta manera, la PNP podrá realizar las diligencias de investigación urgentes o inaplazables que luego formarán parte de las diligencias preliminares de acuerdo al marco legal. Esta acción va a sumar al objetivo primordial que compartimos todos que es derrotar a la delincuencia y al crimen. De esta forma se están consolidando lo roles de la Policía y del Ministerio Público en relación al proceso penal”, comentó.
La presidenta aseguró que la PNP cuenta con el respaldo total de su Gobierno y que se están proporcionando las herramientas legales necesarias para enfrentar estos desafíos sociales.
“Estamos potenciando su capacidad operativa y cumplimos ahora con darles las herramientas legales para derrotar a estas lacras de la sociedad”, puntualizó.
¿Cuáles son las reformas que incorpora el Decreto Legislativo N° 1605?
El Decreto Legislativo N° 1605, entre otras modificaciones, establece que la Policía Nacional, en función de investigación, puede realizar actos de investigación por iniciativa propia bajo la conducción jurídica del Fiscal.
Además, se subraya que “el fiscal conduce desde su inicio la investigación del delito. Con tal propósito la Policía Nacional está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función”, indicó.
En ese sentido, el Artículo 65 fue modificado para que “el fiscal decide la estrategia de investigación adecuada al caso, para lo cual programa y coordina con la Policía Nacional que está a cargo de la estrategia operativa de la investigación, sobre el empleo de pautas, técnicas y medios indispensables para la eficacia de la misma”.
Uno de los cambios esenciales radica en el artículo 68 que expresa que la Policía ejecute un operativo sin la presencia inmediata de la Fiscalía cuando se amenace la vida, integridad o libertad personal de la víctima. Sin embargo, el fiscal debe apersonarse lo más pronto al lugar para convalidar los actos de la PNP.
Asimismo, se otorgan facultades a la Policía Nacional para establecer controles en vías, lugares o establecimientos públicos, con el objetivo de descubrir y ubicar partícipes en un delito causante de grave alarma social, así como incautar instrumentos, efectos o pruebas del mismo.
La Policía abrirá un Libro-Registro de Controles Policiales Públicos, comunicando al Ministerio Público y poniendo a su disposición las actas correspondientes. (Correo).