Como jueza superior, cargo que ejerció hasta hace unos días, Enma Benavides Vargas no solo absolvió a miembros de organizaciones dedicadas al tráfico ilícito de drogas (TID) en el Perú; la hermana de la exfiscal de la Nación Patricia Benavides también liberó a cabecillas de bandas internacionales del narcotráfico.

En el 2011, un tribunal que Enma Benavides –destituida como magistrada en mayo por la Junta Nacional de Justicia– integró en la Sala Penal Nacional absolvió al ecuatoriano Pedro Bejarano Alvarado, a quien la policía y fiscalía señalaron como cabecilla de una red de narcotraficantes junto con su compatriota Daniel Hernández Barreto y el colombiano Jaime Gaviria Vásquez.

Enma Benavides liberó a cabecillas de bandas internacionales del narcotráfico

Entre setiembre y noviembre del 2007, ellos estuvieron en el Perú para coordinar el envío de cocaína al extranjero, según la fiscalía. A fines de marzo del 2008, la fiscalía y policía antidrogas realizaron un operativo como parte de una investigación a la red. Producto de la diligencia, en un departamento del Callao encontraron 526 paquetes en forma de ladrillo con cinta de embalaje, mientras que en una casa de La Molina hallaron otros 1.280 paquetes. Luego se determinó que los paquetes eran de cocaína, con un peso neto de 1.810 kilogramos, lo que significaba que se incautaron casi dos toneladas de la droga.

De acuerdo con la policía antidrogas, se acreditó que Bejarano y Hernández desarrollaron actividades en el Perú con otros miembros de su red de narcotraficantes. Por eso, cuando la fiscalía presentó su acusación, pidió 35 años de cárcel para Bejarano y los otros dos cabecillas por tráfico ilícito de drogas agravado.

Sin embargo, pese a la contundencia de las pruebas, la sala de Benavides absolvió a Bejarano a fines del 2011 por insuficiencia probatoria, y canceló la orden de captura contra él. Respecto a Gaviria y Hernández, reservó el proceso porque estaban como no habidos. En el caso, Benavides fue directora de debates; es decir, quien elaboró la sentencia.

La liberación de Bejarano provocó el reclamo de la fiscalía y la procuraduría antidrogas. Para esta última entidad, estaba probado que Bejarano, en el tiempo que estuvo en el Perú, no realizó actividades vinculadas a la exportación de madera y productos agrícolas, como recogió el fallo de Benavides.

En febrero del 2013, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró nula la sentencia que absolvió por insuficiencia probatoria a Bejarano por tráfico ilícito de drogas agravado, por lo que ordenó un nuevo juicio oral.

Envíos aéreos

Más reciente es el caso del peruano Santos Carrillo Vega y del ecuatoriano Bolívar Walter Ramiro García Mafla, señalados por la fiscalía como cabecillas de una organización internacional de narcotráfico que planificaba y realizaba envíos aéreos de droga a Bolivia, Brasil, Colombia y Ecuador. En junio del 2013, ambos fueron detenidos en Lima luego de que la policía antidrogas los investigara por cargamentos de droga que enviaban a Bolivia.

La fiscalía formalizó una denuncia penal contra Carrillo, García y otros integrantes de la red por tráfico ilícito de drogas, así como por lavado de activos proveniente del TID. Por ejemplo, Carrillo, quien se presentaba como empresario, compró numerosas propiedades en Áncash, Callao, Lima y Madre de Dios. Además, adquirió vehículos y constituyó compañías de textilería, ganadería y transporte. De acuerdo con la acusación fiscal, estas operaciones se habrían realizado con activos provenientes del narcotráfico.

En la investigación, se incluyeron interceptaciones telefónicas legales. En una, del 2012, Carrillo coordina el acopio, traslado y seguridad de la droga. Producto de esas conversaciones, la policía antidrogas realizó un operativo en Huánuco en el que se incautaron más de 400 kilos de pasta básica lavada.

Según la policía antidrogas, Carrillo enviaba hasta seis cargamentos de cocaína al mes a Bolivia. En cada envío se trasladaban unos 300 kilos de droga.

El proceso judicial contra Carrillo y García por TID y lavado de activos estuvo a cargo de una sala de la Corte Superior de Justicia Especializada en delitos de Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios que Enma Benavides presidió.

En la sentencia del caso, de febrero del 2020 y elaborada por Benavides, Carrillo y García fueron absueltos de tres acusaciones: tráfico ilícito de drogas agravado, lavado de activos agravado (en la modalidad de conversión y transferencia) y lavado de activos (en la modalidad de transporte).

Este último delito tiene relación con hechos ocurridos el 25 de junio del 2013, día que Carrillo y García fueron detenidos. En esa fecha, Carrillo organizó y ordenó el traslado de US$280.000 y €130.000. En la acusación fiscal se cita una declaración de Carrillo, del 2014, en la que reconoce que participó en los hechos de ese día relacionados con el transporte de esos montos.

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Pese a las pruebas de la fiscalía, la sala de Benavides absolvió a Carrillo y García. Como en el caso de Bejarano, el de Carrillo y García llegó a la Corte Suprema. En agosto del 2022, la Sala Penal Transitoria anuló la sentencia que absolvió Carrillo, Díaz y otros implicados por tres delitos, y ordenó un nuevo juicio oral.

En la resolución, la sala suprema indicó que el fallo de Benavides “habría infringido el deber de motivación y con ello se vulneró el derecho al debido proceso al no justificar adecuadamente su decisión, en la medida que su conclusión –insuficiencia probatoria–, no habría integrado ni justificado toda la información proporcionada por los medios de prueba que fueron proporcionadas –en su mayoría– por el representante del Ministerio Público”.

Otro caso

Absolvió a acopiador de droga del Vraem

Además de los cabecillas de redes de tráfico ilícito de drogas (TID), hay otros procesados por el delito absueltos por salas que Enma Benavides integró. Un caso es el del peruano Hugo Walter Molina Cárdenas, miembro de una organización internacional que operaba en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem).

En mayo del 2011, la policía antidrogas tomó conocimiento sobre la banda de Molina, integrada por peruanos y bolivianos que acopiaban pasta básica de cocaína (PBC) en el Vraem para luego trasladarla a Bolivia. Producto de este trabajo, en un operativo se encontró un camión de placa boliviana que ocultaba paquetes de PBC. Después se determinó que eran 641kilos de PBC y un kilo de cocaína.

Tras indagar el caso, la fiscalía acusó a 13 personas de la organización, entre ellas Molina, sindicado como el acopiador de la droga en la red.

En el 2018, un tribunal de la Sala Penal Nacional, integrado por Enma Benavides, emitió su sentencia del caso (la entonces jueza fue la directora de debates), en la que se absolvió a Molina del delito de tráfico ilícito de drogas agravado. Posteriormente, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema anuló el fallo que liberó a Molina, y dispuso un nuevo juicio oral. 

El exministro del Interior Carlos Basombrío llamó la atención sobre las decisiones de la Corte Suprema, que en última instancia anuló los procesos y dispuso nuevos juicios. Sin embargo, resaltó que esos acusados por TID, que fueron liberados antes de que las salas supremas anularan sus procesos, “ya no los vas a encontrar nunca más”.

En el mismo sentido opinó la exprocuradora antidrogas Sonia Medina: “Al dar libertades indebidas […], en el caso de un cabecilla o miembro de una organización, esa persona jamás regresará. Así le pusieran en libertad simple, desaparecía del mapa porque nadie en su sano juicio va a regresar. Eso ha pasado en muchos casos”.

“Al ser revertidas las condenan nuevamente se ordenan las recapturas, pero esas no tienen un final feliz porque los narcotraficantes ya no están en el país; también se solicita que intervenga Interpol, pero de acá hasta que los ubiquen ya está por terminar el proceso y la persona está muy bien librada”.

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Medina afirmó que en los casos de narcotráfico “no hay modo de que un juez pueda dar un viraje para una absolución de condenas porque se trata de toneladas de droga, pero basta con que la sala de Enma Benavides haya absuelto a grandes capos del narcotráfico para que los casos jamás tengan justicia”. Acotó que “definitivamente hay flagrancia porque la policía, después de un largo trabajo de investigación, interviene a la organización criminal cuando está casi completa y con la droga en su poder”.

Sobre el trabajo de la Dirandro (policía antidrogas), Basombrío destacó que es una organización de élite y “sus grupos especiales de investigación trabajan un caso durante seis meses, un año o más tiempo”.

Este Diario buscó la versión de Enma Benavides en varias ocasiones, pero no recibió respuesta. Cuando a inicios de mayo se presentó ante la JNJ por el proceso que llevó a su destitución, la entonces jueza declaró que ha tenido “una conducta intachable [por] 30 años”.

En una entrevista con Canal N de noviembre del 2022, Benavides también se refirió a su “conducta intachable durante estos años [como jueza], y no porque lo diga yo, sino porque […] no he tenido una sanción [de los órganos disciplinarios del Poder Judicial]”.

Por: Graciela Villasís Rojas

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