La Municipalidad de Los Olivos, estaría protegiendo a empresas con quienes firmaron contrato por más de 60 millones de soles, sin embargo los vehículos utilizados para el servicio de transporte para recojo de residuos sólidos NO se encuentran registrados entre otras irregularidades.
Asimismo vecinos olivenses se encuentran preocupados toda vez la gestión al parecer no viene siendo transparente, menos los regidores fiscalizadores quienes deberían fiscalizar los dineros del Estado con empresas que no cumplen con el contrato, sin embargo no pasa nada con estas empresas, acotaron.
Nuestro medio de comunicación dialogo con algunos vecinos quienes señalaron “El alcalde solo se preocupa por sus tictok menos por realizar una buena gestión Los Olivos necesita un alcalde que sea el gerente general y no un peón”, “Si han firmado un contrato por mas de 60 millones es un faenón quien fiscaliza a estas empresas que no cumplen el contrato”, “Nosotros elegimos a los regidores y es una pena que una vez en el cargo no fiscalizan nada es una vergüenza”, entre otras opiniones preocupantes.
A continuación pasamos a informar parte del INFORME DE HITO DE CONTROL N° 011-2024-OCI/3794-SCC
IV. INFORMACIÓN RESPECTO DEL HITO CONTROL
El 26 de mayo de 2023 la Municipalidad Distrital de Los Olivos, en adelante la “Entidad” y la empresa Industrias Arguelles y Servicios Generales S.A.C. con RUC n.° 20173136499 suscribieron el Contrato
N.° 003-2023-MDLO-SGLYP “Contratación de una Empresa Operadora de Residuos Sólidos (EO-RS)
para el Servicio de Alquiler de Unidades Vehiculares para el Transporte y Disposición Final de los
Residuos Sólidos Municipales del Distrito de Los Olivos”, cuyo monto contractual asciende a
S/ 61 749 459, 00 (sesenta y un millones setecientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y
nueve con 00/100 soles), contrato derivado del Concurso Público n.° 001-2023-MDLO/CS – Primera
Convocatoria, con un plazo de ejecución contractual de 1 095 días calendario (3 años) o hasta que se
acabe la cantidad de 457 403,4 toneladas contratadas, computados desde el día siguiente de la
suscripción del contrato.
El numeral 24.1 del artículo 24° del Decreto Legislativo n.° 1278, que aprueba la Ley de Gestión Integral
de Residuos Sólidos, establece entre otros que, las municipalidades distritales en materia de manejo de residuos sólidos son competentes para asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición
final de los mismos; normar, en su jurisdicción, el manejo de los servicios de residuos sólidos bajo su
competencia, en concordancia con las disposiciones emitidas por las municipalidades provinciales; y
aprobar y actualizar el plan distrital de manejo de residuos, para la gestión eficiente de los residuos de
su jurisdicción, en concordancia con los planes provinciales y el plan nacional.
La misión institucional de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, de acuerdo a su Plan Estratégico Institucional con horizonte ampliado al periodo 2018-2026 aprobado mediante Resolución Gerencial
n.° 356-2023-MDLO/GM de 22 de junio de 2023, consiste en: “Promover el desarrollo integral y sostenible
de la comunidad Olivense a través de la prestación de servicios públicos de calidad eficientes y con transparencia”, y esta alineado con el objetivo Estratégico Institucional “OEI.03 ”Promover la gestión ambiental en el Distrito de Los Olivos”, (…) OEI.03.01 Recolección permanente de residuos sólidos en beneficio de la población y (…)OEI.03.02 Asistencia técnica oportuna en Gestión Ambiental a los ciudadanos en el distrito”.
V. SITUACIONES ADVERSAS
De la revisión efectuada al Hito de Control n.° 3 – Ejecución Contractual 3, se ha identificado una (1)
situación adversa que afecta o podría afectar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los
objetivos, de la ejecución contractual del contrato n.° 003-2023-MDLO-SGLYP, “Contratación de una
empresa operadora de residuos sólidos (EO-RS) para el servicio de alquiler de unidades vehiculares
para el transporte y disposición final de los residuos sólidos municipales del distrito de Los Olivos”, la
cual se expone a continuación:
5.1 VEHÍCULOS UTILIZADOS PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE Y DISPOSICIÓN FINAL DE
LOS RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES, NO SE ENCUENTRAN REGISTRADOS EN LA
RELACIÓN REPORTADA POR LA ENTIDAD, LO QUE PONDRÍA EN RIESGO LA EJECUCIÓN
DEL SERVICIO; ASIMISMO, LA FALTA DE DOCUMENTACIÓN EN LOS INFORMES DE
CONFORMIDAD LIMITARÍA LA SUPERVISIÓN Y CONTROL POR LA ENTIDAD U ÓRGANOS
DE CONTROL.
Mediante Informe n.° 390-2024-MDLO-GGA/SGLPMA de 19 de abril de 2024, la Subgerencia de
Limpieza Pública y Medio Ambiente remitió la relación de unidades vehiculares que brindan el
servicio de transporte y disposición final de residuos sólidos en el distrito, señalando lo siguiente:
“Por lo antes solicitado se anexa la siguiente información de las unidades registradas a la fecha para la
“Contratación de una Empresa Operadora de Residuos Sólidos (EO-RS) para el Servicio de Alquiler de
Unidades Vehiculares para el Transporte y Disposición final de los Residuos Sólidos Municipales del Distrito
de Los Olivos”. Cabe indicar que dicha información tiene fuente en las boletas de disposición final en el
relleno sanitario el cual es entregada en formato original en las conformidades del servicio quincenal (…)”.
(El énfasis es agregado y nos corresponde).
Al respecto, la relación de unidades vehiculares remitidas por la Entidad consta de cuarenta y tres
(43) vehículos, los cuales son de tipo compactador, camión grúa, intercambiador y camión baranda (…).
De la verificación realizada por la Comisión de Control a la documentación que sustenta las liquidaciones presentadas por la empresa; así como, a los informes de conformidad y la relación … realizadas por la Subgerencia de Limpieza Pública y Medio Ambiente, se advierte que, la empresa dispuso en el documento denominado “Programación para el servicio de alquiler de unidades vehiculares para el transporte y disposición final de los residuos sólidos” unidades vehiculares distintas a las registradas en la Entidad para realizar el servicio de transporte y disposición final de residuos sólidos …
Del cuadro precedente, se puede advertir que, las unidades vehiculares de placas: BRR-724, BRR725, BRR-873, BLK-763, BVK-869, BWL-785, BBM-919 y ANB-820 no se encontraban en la relación remitida1 por la Subgerencia de Limpieza Pública y Medio Ambiente para realizar el servicio de transporte y disposición final de residuos sólidos; no obstante, fueron programadas y realizaron el recorrido en los turnos y las fechas señaladas en el cuadro n.° 2. Es preciso señalar que, de la revisión a la documentación presentada por la empresa (cartas y liquidaciones) no se ha evidenciado, alguna “situación debidamente justificada” para la programación de vehículos no registrados, de acuerdo a lo establecido en el contrato asimismo, no hay documentación por parte de las supervisiones o contenidas en los informes de conformidad, en donde la subgerencia haya realizado alguna observación a la empresa, correspondiente a la recurrencia en la
programación de vehículos no registrados para brindar el servicio.
Por otro lado, de la verificación a las liquidaciones presentadas por la empresa contratista a la Subgerencia de Limpieza Pública y Medio Ambiente, se advierte que, en la recepción de diecisiete (17) liquidaciones no se ha consignado la cantidad de folios que contiene; asimismo, en otras liquidaciones no se ha contabilizado los folios de las boletas de disposición final emitidas por el relleno sanitario; además, en algunos casos no presentan fecha y hora de recepción, ni número de registro; además, de la revisión a los informes de conformidad, que la Subgerencia de Limpieza Pública y Medio Ambiente remite a la Gerencia de Gestión Ambiental, se advierte que, en ellos no se anexa la totalidad de documentos de supervisión realizadas por la Entidad, como las fichas de supervisión (check list), validaciones u otros, respecto al servicio realizado por la empresa operadora; con la finalidad de realizar la verificación y control por parte de Órgano de Control
institucional u otros órganos de supervisión de la Entidad …
(…)
Finalmente según olivenses se puede comprobar que las autoridades del partido político Podemos Perú no saben gobernar con transparencia.
Escribe: Luis Llumpo Ch.
LA NOTICIA RENOVADA
y su programa político EL QUE SE PICA PIERDE