La alcaldesa encargada de la Municipalidad de Comas, Mónica Acuña Jara, no cumple con sus vecinos comeños toda vez que la Contraloría General de la República, le ha enviado el Oficio Nº 000013-2026-CG/OC2175, con la finalidad que cumpla en responder a los vecinos con respecto a los reclamos y quejas presentados por los ciudadanos en el Libro de Reclamaciones del periodo de ejecución del 5 de enero 2026 al 13 de enero 2026, sin que cumpla hasta la fecha.
Sin embargo según el Órgano de Control Institucional de la Municipalidad de Comas, ha emitido el Informe de Orientación de Oficio Nº 001-2026-OCI/2175-SOO, con respecto a la “Atención a los reclamos y quejas presentados por los ciudadanos en el Libro de Reclamaciones” que hasta la fecha la gestión de la alcaldesa encargada Mónica Acuña, no cumple.
Por otro lado la Contraloría General de la República, señala lo siguiente.
La situación adversa identificada se expone a continuación:
“LA ENTIDAD NO VIENE ATENDIENDO LAS QUEJAS O RECLAMOS PRESENTADOS POR LOS CIUDADANOS A TRAVÉS DEL LIBRO DE RECLAMACIONES DE ACUERDO A LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA APLICABLE, SITUACIÓN QUE AFECTARÍA LA FINALIDAD DE LA GESTIÓN DE RECLAMOS.
1.1 Mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 006-2026-GM/MDC de 2 de enero de 2026, se designa al Abog. Edwin Subileti Areche, a partir de 2 de enero de 2026, subgerente de la Oficina General de Atención al Ciudadano, tramite Documentario y Archivo de la Municipalidad Distrital de Comas, bajo los alcances del Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y sus modificatorias.
Cabe precisar que, en el literal k) del artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones -ROF1; señala que, son funciones de la Oficina General de Atención al Ciudadano, trámite Documentario y Archivo: custodiar y administrar el Libro de Reclamaciones del ciudadano.
De la verificación efectuada en el Portal web institucional de la municipalidad, se identificó que, se puede acceder al libro de reclamaciones digital, cuyo enlace es el siguiente:
https://www.municomas.gob.pe/, dirigiéndonos a la plataforma virtual “Libro de Reclamaciones», en donde los ciudadanos podrán ingresar su reclamo, tal como se muestra a continuación:
(…) Asimismo, también se puede apreciar que ciento ochenta (180) reclamos están pendientes de atención, tal como se detalla en el anexo n.° 01, pese a que el plazo máximo para su atención de treinta (30) días calendarios, han vencido al 28 de julio de 2025; inobservando lo establecido en el artículo 14 del Decreto Supremo N° 007-2020-PCM, Decreto Supremo que establece disposiciones para la gestión de reclamos en las entidades de la administración pública, publicada el 17 de enero de 2020″.
También la Contraloría señala lo siguiente:
“Al respecto, el Órgano de Control Institucional solicitó las acciones realizadas por el
encargado del Libro de Reclamaciones, y en atención a ello, mediante Acta de Recepción
N.° 01-2025-OCI-MDC-GAPV, de 19 de diciembre de 2025, el señor Giampiero Junior
Caballero De La Cruz, Auxiliar Administrativo y Encargado de la Administración de Libro de Reclamaciones de la Municipalidad Distrital de Comas, nos entregó el reporte sobre el
estado situacional del citado reclamo, donde se puede apreciar que fue registrado con fecha 29 de mayo de 2025, y derivado el mismo día a la Subgerencia de Registro Tributario y Orientación al Contribuyente para que adopte las acciones que corresponda de su competencia, siendo reiterado el 20 de junio de 2025, pese a que el área responsable estaba dentro de los plazos establecidos para responder lo solicitado por el usuario, considerando que el plazo máximo para su atención vencía el 28 de junio de 2025.
Sin embargo, y a la fecha se encuentra pendiente de atención, vulnerando lo establecido en el artículo 14 del Decreto Supremo №° 007-2020-PCM, Decreto Supremo que establece disposiciones para la gestión de reclamos en las entidades de la administración pública, publicada el 17 de enero de 2020.
Por lo expuesto, se evidencia que la Municipalidad Distrital de Comas no estaría cumpliendo con la finalidad de gestión de reclamos ante la falta de atención de los reclamos presentados por los ciudadanos a través del Libro de Reclamaciones virtual y/o físico, además estaría atendiendo los reclamos fuera del plazo máximo establecido en el Decreto Supremo N° 007-2020-PCM Decreto Supremo que establece disposiciones para la gestión de reclamos en las entidades de la administración pública; y la Norma Técnica N° 001-2021-PCM-SGP, Norma Técnica para la Gestión de Reclamos en las entidades y empresas de la Administración Pública”.
Es así que la Contraloría envía a Mónica Acuña Jara, alcaldesa encargada de la Municipalidad Distrital de Comas el oficio con fecha …
Comas, 14 de Enero de 2026
OFICIO N° 000013-2026-CG/OC2175
CARMEN MÓNICA ACUNA JARA
Alcaldesa Municipalidad Distrital de Comas
Av. 22 de Agosto S/N – Urb. Santa Luzmila
Comas/ Lima / Lima
REFERENCIA: a) Artículo 8° de la Ley n. 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República
b) Directiva n.° 013-2022-CG/NORM «Servicio de Control Simultáneo» aprobada mediante Resolución de Contraloría n.° 218-2022-CG de 30 de mayo de 2022 y modificatoria.
Me dirijo a usted en el marco de la normativa de la referencia, que regula el Servicio de Control Simultáneo y establece la comunicación al Titular de la entidad o responsable de la dependencia, y de ser el caso a las instancias competentes, respecto de la existencia de situaciones adversas que afectan o podrían afectar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos del proceso en curso, a fin de que se adopten oportunamente las acciones preventivas correctivas que correspondan.
Sobre el particular, de la revisión de la información y documentación
vinculada a la «Atención a los reclamos y quejas presentados por los ciudadanos en el
Libro de Reclamaciones de la Municipalidad Distrital de Comas», comunicamos que se
han identificado la situación adversa contenidas en el Informe de Orientación de oficio
N.° 001-2026-OCI/2175-SOO, que se adjunta al presente documento.
En tal sentido, solicitamos comunicar al Órgano de Control Institucional
de la Municipalidad Distrital de Comas, en el plazo máximo de cinco (5) días
hábiles desde la comunicación del presente Informe, las acciones preventivas o
correctivas adoptadas y por adoptar respecto a las situaciones adversas identificadas
en el citado informe, adjuntando la documentación respectiva.
Es propicia la oportunidad para expresarle las seguridades de mi consideración.
Carta enviada a Mónica Acuña alcaldesa encargada de la Municipalidad de Comas que al parecer hasta la fecha la burgomaestre, no se cumple con el reclamo de los vecinos.
Finalmente, la alcaldesa encargada Mónica Acuña, ha realizado una selección de funcionarios, sin embargo algunos de ellos tienen sentencia y otros se encuentran investigados en el Poder Judicial y la Fiscalía.
Escribe: Luis Llumpo Ch.
LA NOTICIA RENOVADA
En su programa político EL QUE SE PICA PIERDE
