Resulta que el Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.º 3238-2026-JNE Expediente N.º JNE.2026256764 LIMA – LIMA VACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 21 de agosto de 2026

VISTOS: los Oficios N.º D000219-2026-MML-OGSC y D000220-2026-MML-OGSC, del 11 de agosto de 2026, y D000221-2026-MML-OGSC, del 14 del mismo mes y año, mediante los cuales don José Alberto Danós Ordóñez, jefe de la Oficina General de Secretaría de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, departamento de Lima (en adelante, señor secretario), remitió el Acuerdo de Concejo N.º 206, del 5 de agosto de 2026, que aprobó la vacancia de doña Roxana María Rocha Gallegos y don Leo Miguel de Paz Lancho, regidores de la citada comuna (en adelante señores regidores), por la causal de asunción de otro cargo proveniente de mandato popular, prevista en el numeral 2 del artículo 22 de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES En el Expediente N.º JNE.2026195173

(…)

1.2. Por medio de la Resolución N.º 1977-2026-JNE, del 24 de julio de 2026, se resolvió dejar sin efecto, de manera temporal, las credenciales otorgadas a los precitados regidores, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre del presente año, y convocar a don Cristian Santiago Góngora Chu, doña Deisy Katiuscka Arteaga Melgarejo, don Rolando Octavio Venancio Freyre Muñoz, doña Silvia Gensollen Martinelli, don Bruce Edwars Chávarri Yorges, doña Marisol Semiramis Osorio Layango, doña Eustaquia Choqque Cusicuna, doña Glenda Roxana Ramírez Gamarra y don Claudio Gregorio Segura, candidatos no proclamados, para que asuman, provisionalmente, el cargo de regidores del Concejo Metropolitano de Lima, departamento de Lima, por el periodo mencionado. En la Resolución N.º 1411-2026-JNE 1.3. Mediante la Resolución N.º 1411-2026-JNE, del 19 de junio de 2026, se proclamaron los resultados del proceso electoral, según los cuales los señores regidores obtuvieron una curul parlamentaria por la circunscripción electoral de Lima Metropolitana, como diputados, por la organización política Renovación Popular.

En la Ley N.º 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones

1.4. Los literales j y u del artículo 5 señalan como funciones de este organismo electoral: j. Expedir las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares; […] u. Declarar la vacancia de los cargos y proclamar a los candidatos que por ley deben asumirlos;

En el Decreto Supremo N.º 039-2025-PCM 1.5. Mediante dicho Decreto Supremo, publicado en el diario oficial El Peruano el 26 de marzo de 2025, se convocó a Elecciones Generales 2026 para el domingo 12 de abril de 2026, con el objeto de elegir al presidente de la República, vicepresidentes, senadores y diputados del Congreso de la República, así como a los representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

En la Ley N.º 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades (LOM) 1.6. El numeral 7 del artículo 22 establece:

Artículo 22.- Vacancia del cargo de Alcalde o Regidor El cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal, en los siguientes casos: […] 2. Asunción de otro cargo proveniente de mandato popular; […]

1.7. El artículo 24 determina: Artículo 24.-

Reemplazo en caso de vacancia o ausencia En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza: 1. Al teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. 2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1. Mediante la Resolución N.º 1411-2026-JNE, del 19 de junio de 2026, se proclamó a los señores regidores como diputados por la circunscripción electoral de Lima Metropolitana, por la agrupación política Renovación Popular.

2.2. En el presente caso, los señores regidores fueron válidamente elegidos regidores para el periodo 2023-2026 y, posteriormente, resultaron elegidos diputados del Congreso de la República. En consecuencia, a fin de garantizar la continuidad en la conformación del Consejo de Lima Metropolitana, corresponde aplicar el criterio desarrollado por este Supremo Tribunal Electoral en la Resolución N.º 0794-2021-JNE, según el cual corresponde convocar al candidato no proclamado para completar la conformación del concejo municipal y dejar sin efecto las credenciales otorgadas a las autoridades provinciales que resultaron elegidas diputados del Congreso de la República.

2.3. En consecuencia, conforme lo dispone el artículo 24 de la LOM, el regidor debe ser reemplazado por el siguiente regidor hábil que sigue en su propia lista electoral …

RESUELVE

  1. DEJAR SIN EFECTO, las credenciales otorgadas a doña Roxana María Rocha Gallegos y don Leo Miguel de Paz Lancho como regidores del Concejo Metropolitano de Lima, departamento de Lima, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por la causal de asunción de otro cargo proveniente de mandato 5 Jurado Nacional de Elecciones Resolución N.º 3238-2026-JNE popular, prevista en el numeral 2 del artículo 22 de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. 3. 4. 5. 6. CONVOCAR a doña Deisy Katiuscka Arteaga Melgarejo, identificada con DNI N.º 48018008, y don Rolando Octavio Venancio Freyre Muñoz, identificado con DNI N.º 46793718, para que asuman el cargo de regidores del Concejo Metropolitano de Lima, departamento de Lima, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se les otorgarán las credenciales que los faculte como tales.

DEJAR SIN EFECTO, en modo parcial, la Resolución N.º 1977-2026-JNE, del 24 de julio de 2026, ÚNICAMENTE en el extremo que convoca a doña Deisy Katiuscka Arteaga Melgarejo y don Rolando Octavio Venancio Freyre Muñoz como regidores provisionales del Concejo Metropolitano de Lima, departamento de Lima, dejándose sin efecto las credenciales que se les otorgaron. CONVOCAR a don Delcio Armando Pacaya Mori, identificado con DNI N.º 40334493, y doña Mariela Ramos Chuquipa, identificada con DNI. N.º 40250772, en reemplazo de Deisy Katiuscka Arteaga Melgarejo y don Rolando Octavio Venancio Freyre Muñoz, candidatos no proclamados de la organización política Renovación Popular, para que asuman provisionalmente el cargo de regidores del Concejo Metropolitano de Lima, departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre de 2026 hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se les otorgarán las credenciales correspondientes. PRECISAR que los demás extremos de la Resolución N.º 1977-2026-JNE, del 24 de julio de 2026, mantienen plena vigencia jurídica. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado mediante la Resolución N.º 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Finalmente, de esta manera el Jurado Nacional de Elecciones, tendría mucho que explicar sobre todo la transparencia con respecto el proceso electoral.

Escribe: Luis Llumpo Ch.
LA NOTICIA RENOVADA

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