¡PAPELÓN!, Luego que el alcalde de Comas, Ulises Villegas Rojas, de forma abusiva y prepotente ordeno al parecer a su personal mediocre la clausura de Sedapal-Comas, sin embargo para que esa clausura se lleve a cabo se invirtió una gran cantidad de dinero en logística, dinero que le pertenece al Estado, testigo de los hechos fueron los vecinos comeños que también en parte son los perjudicados.
Por otro lado, ¿quién asesora al alcalde de Comas, Ulises Villegas Rojas? porque en la clausura a Sedapal-Comas, han participado una serie de funcionarios que al parecer no conocen las formas, decisiones ni mucho menos la ley, hoy un juez le ha dado la razón a Sedapal – Comas.
LOS HECHOS DEL AUTO DE MEDIDA CAUTELAR SEGÚN RESOLUCIÓN Nº 1
Que, el pasado 7 de agosto 2023, mediante Acta de Medida Provisional a cargo de la fiscalizadora Joselin Gabriela Fritas Castillo, impuso la medida provisional de clausura temporal al local ubicado en la Av. Víctor Andrés Belaunde Oeste, cuadra 5 s/n, Urb. El Retablo – Comas, sin embargo, al momento de imponer la medida provisional de Clausura Temporal de su local no han considerado que funcionan o al menos deben funcionar las siguientes áreas operativas que garantizan la prestación de los servicios de agua potable y desagüe para las poblaciones de los distritos de San Martín de Porres, Los Olivos, Independencia, Comas y Carabayllo. (…).
La clausura dispuesta en el Acta de Medida Provisional notificada a SEDAPAL el 07.08.2023, afectan de manera lógica en la prestación de los servicios que brinda SEDAPAL como son:
1.- La atención de los usuarios que no pueden efectuar sus pagos lo que eventualmente podría generar el cierre de los servicios por falta de pago.
2.- Programación y ejecución de trabajos de REAPERTURAS de servicios.
3.- Venta de conexiones domiciliarias entre otras.
Por lo que la afectación de derecho constitucional de acceso al agua potable de las poblaciones de los distritos de San Martín de Porres, Independencia, Los Olivos, Puente Piedra, Comas y Carabayllo, resulta clara consecuencia de la clausura de sus oficinas. (…)
DE LA AMPLIACIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR
… h. Precisa que este acto, resulta arbitrario y contrario a las disposiciones legales vigentes, y que continúa vulnerando flagrantemente los derechos fundamentales de su empresa, así como de la población a la que el Centro de Servicio de Comas, abastece del servicio público de agua potable y alcantarillado, como ha sido debidamente sustentado en su demanda de Amparo y Solicitud de Medida Cautelar, reitera que la decisión de la demandada es arbitraria, irrazonable, contraria a derecho y que vulnera sus derechos fundamentales y ha traido como consecuencia que el Centro de Servicios de Comas sea clausurado transitoria o definitivamente, como se establece (en el artículo 49º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Ley Nº 27972, pues a decir de la demandada -sin que medie ninguna acreditación ni fundamentación- el Centro de Servicio de Comas “no mantiene las condiciones de seguridad” por las cuales se otorgó el Certificado de ITSE, dado que según señala ligeramente “Se verificó que cuenta con un área mayor al que indica el certificado de seguridad con una diferencia aproximada de 3,000 m2, lo cual es absolutamente contrario a la realidad de los hechos”. (…)
Fundamentos por los que:
SE DECLARA FUNDADA, en parte: La solicitud de medida cautelar en proceso de amparo, interpuesta por Servicios de Agua Potable y Alcantarillado SEDAPAL, ADECUANDO la medida cautelar en la modalidad de no innovar.
DISPONIENDO: La REAPERTURA de las instalaciones del Centro de Servicios de SEDAPAL Comas, sito en la Av. Víctor Andrés Belaunde Oeste, cuadra 5 s/n, urbanización El Retablo, distrito de Comas, y para que se proceda a la atención a los usuarios. SUSPENDASE la ejecución del artículo 1º de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 739 – 2023 – GM/MDC (que dispone la revocatoria del Certificado ITSE Nº 000416 – 2022, resolución de fecha 23/08/2023, firma digital Miguel Ángel Chávez Yovera, Juez 6to. Juzgado Civil de Independencia – MCCLO-CSJLN.
Finalmente, si los funcionarios de la Municipalidad de Comas, no han estado en la capacidad de llevar a cabo la clausura de Sedapal – Comas, el alcalde Ulises Villegas Rojas, que es abogado, ¿revisó el expediente o no reviso el expediente?, como abogado o acaso ¿no es abogado?.
Escribe: Luis Llumpo Ch.
LA NOTICIA RENOVADA
En su programa político EL QUE SE PICA PIERDE